La medida judicial, que lleva la firma del juez Luciano Lauría, fue dada a conocer el último viernes y se dio tras un planteo realizado por la defensa de Luján, a cargo del abogado Néstor Oroño, que solicitó cambiar de jurisdicción al entender qué los hechos investigados ocurrieron cuando su cliente se desempeñaba en la administración pública en la Ciudad autónoma de Buenos Aires.
Tal planteo fue rechazado en su momento por la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario, que confirmó el procesamiento contra Lujan, que, junto con su esposa Cleo Imhof, fue acusado de haber incrementado injustificadamente su patrimonio durante los seis años en los que fue funcionario público.
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Al confirmarse el procesamiento, en diciembre del 2023, el fiscal de instrucción, Walter Rodríguez, elevó la causa a juicio Tribunal Oral Federal. Sin embargo, el pasado 8 de octubre, la defensa de Luján e Imhof, presentó un escrito en donde volvió a solicitar que los hechos que se investigaron deben ser juzgados en Buenos Aires, por lo que el juez Lauría hizo lugar al planteo y declaró la incompetencia territorial del TOF de Santa Fe.
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Ricardo Luján cuando fue indagado en el Juzgado Federal N°2 de Santa Fe.
Archivo/ AIRE
En consecuencia, ordenó remitir el expediente judicial al Tribunal Oral en lo Criminal Federal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que por turno corresponda para continuar con el trámite de la causa iniciada en el 2016.
La lupa sobre Luján
Aquel año, un hombre se presentó en el Juzgado Federal N°2, un día después de Navidad (el 26 de diciembre), para denunciar que Luján se había enriquecido ilícitamente mientras se desempeñó como Secretario de Puertos y Vías Navegables de la Nación, durante los gobiernos de Néstor Kirchner y Cristina Fernández.
A raíz de la denuncia se abrió una causa que fue delegada al fiscal Walter Rodríguez que, tras cotejar informes de organismos oficiales, imputó a Lujan e Imhof, una inconsistencia financiera que alcanzó la suma de $2.598.704 en torno a sus bienes personales: propiedades ubicadas en la ciudad de Santa Fe y en la zona del Tigre -provincia de Buenos Aires- y también cuatro vehículos de alta gama, un cuatriciclo y un viñedo situado en la provincia de Mendoza.
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Por el caso, Luján y su esposa fueron llamados a audiencia indagatoria en agosto del 2018 y dos años después de haber sido indagado, el 28 de octubre del 2020, el juez Marcelo Bailaque, dictó la falta de mérito.
El fiscal Rodríguez apeló la resolución y otros dos años después, los jueces Elida Isabel Vidal y Fernando Lorenzo Barbará de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario, revocaron el fallo de Bailaque el 22 de febrero del 2022.
Finalmente, en junio de ese año, el juez Reinaldo Rodríguez, que subrogaba el juzgado N°2 (vacante tras la jubilación de Francisco Miño), dictó el procesamiento contra Luján y su esposa por enriquecimiento ilícito y les trabó un embargo preventivo de $3.000.000.