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Policiales cuarentena | Fútbol |

Detuvieron a 15 hombres por jugar un partido de fútbol durante la cuarentena

Ocurrió en un barrio del norte de Rosario. Los detenidos quedaron a disposición de la Justicia hasta que se dicte sentencia.

Unas 15 personas fueron detenidas este domingo por la tarde por violar el aislamiento social, preventivo y obligatorio. Se trata de un grupo de hombres que fue sorprendido por personal policial jugando un partido de fútbol en el norte de la ciudad de Rosario.

La aprehensión se dio tras una denuncia telefónica anónima por la que los agentes se trasladaron hasta el barrio Nuevo Alberdi, donde finalmente descubrieron a los 15 delincuentes que competían en un torneo de fútbol en inmediaciones de calle Ciudadela al 4.000.

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Los detenidos quedaron privados de la libertad y a disposición de la Justicia e intervino el fiscal Gustavo Ponce Asahad.

El reporte del Ministerio de Seguridad de la provincia de Santa Fe informó que hasta el domingo se registraron 17.016 ciudadanos detenidos por violar la cuarentena, mientras que se efectuaron 8.680 controles en transporte de pasajeros y recibieron 43.219 denuncias al 911 y al 0800. Las cifras corresponden sólo a los procedimientos realizados por la fuerza provincial.

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En tanto, los reportes nacionales indican que casi tres millones de personas fueron detenidas o advertidas por las fuerzas federales, tras violar la cuarentena.

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Policía Federal, Gendarmería Nacional, Prefectura Naval y Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) notificaron a 2.857.526 personas y detuvieron a 52.233 infractores hasta este domingo a las 14. Asimismo, controlaron 2.051.872 vehículos, de los cuales 3.925 fueron secuestrados en todo el territorio argentino.

Hasta dos años de prisión

Las violaciones al cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio conllevan penas de hasta dos años de prisión. Según los artículos 205 y 239 del Código Penal, se establece que "será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia".

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En tanto, el artículo 239 determina que "será reprimido con prisión de quince días a un año, el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél o en virtud de una obligación legal".