La reciente sentencia fue dictada por la jueza penal Celeste Minniti, mediante juicio abreviado acordado entre la fiscal del caso, Laura Urquiza, y la defensa de Pérez, a cargo del abogado Pedro Búsico.
El fallo impuso una pena de siete años de prisión efectiva para Pérez y lo declaró autor de una serie de episodios delictivos ocurridos en el marco de los partidos que jugó Colón, tanto por el torneo local como también por la última Copa Libertadores que jugó el club en 2022.
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Por la causa se generó una causa en la que el club fue allanado en reiteradas oportunidades.
Además, le achacaron haber obligado a un hombre del barrio Centenario a abandonar su vivienda para luego usurpársela y quedar a disposición de la organización criminal.
Una banda organizada y dispuesta a todo
La condena contra Pérez lo declaró organizador de una asociación ilícita que funcionó al menos desde el primer semestre del 2019 y duró hasta el 19 de octubre del 2022. La misma fue encabezada por los barras Diego “Polilla” Zabala y Brian “Chucky” Ríos.
Tal organización se dedicó a ejecutar delitos indeterminados en la ciudad de Santa Fe y zonas de influencia y todos en el marco de una fuerte interna con la otra facción de la barra (“Los de Siempre”) que ocupa la tribuna norte del estadio Brigadier López.
Según estableció la causa, Pérez participó de una violenta usurpación de un departamento ubicado en la manzana 11 del Fonavi San Jerónimo. Tal secuencia ocurrió el 28 de mayo del 2019, cerca de las 20, y tuvo como víctima a Alejandro R., al cual -indica la resolución judicial- lo despojaron de su vivienda y además balearon en el antebrazo, un hombro derecho y muslo izquierdo.
Tiroteos, pintadas y disturbios a toda hora
Pérez además fue sentenciado por haber provocado una serie de ataques al club en el marco de espectáculos deportivos. Uno de los hechos fue el que ocurrió el 17 de febrero del 2022 cuando Colón jugaba con Godoy Cruz por el torneo local en el estadio de Patronato de la ciudad de Paraná.
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Aquel día, cuatro hombres irrumpieron en la sede del club cerca de las 17 y mediante insultos y amenazas pintaron en la vereda del club “dirigentes entramos oh noe” con el propósito de generar presión sobre la comisión directiva de aquel entonces. Seguidamente, uno de los barras sacó un arma y disparó contra la ventana de metal de la oficina de la sede.
La misma maniobra se generó tres días, sin disparos, se generó tres días después sobre la puerta 7 del lado sur del estadio en donde la organización pintó “entramos todos o no entra nadie”.
Pérez también quedó envuelto en un ataque a balazos a la tienda oficial del club ubicada sobre J. J.Paso al 3500, ocurrido el 13 de marzo del 2020 y que también tuvo como propósito generar presión en la dirigencia.
Disturbios en un partido internacional
La organización criminal de la que formó parte Pérez protagonizó además un disturbio descomunal que se generó en la previa y durante el partido que jugó Colón, el 5 de abril del 2022, contra Peñarol de Uruguay por la Copa Libertadores.
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Policías de la Agencia de Investigación Criminal buscan determinar cómo fue la balacera del martes pasado en la que cuatro uniformados y un hincha de Peñarol terminó herido.
Según la acusación, los incidentes fueron instigados por Pérez y “Chucky” Ríos, quienes pretendían ingresar al estadio por la fuerza y sin entrada. En ese entonces, resultaron heridos -por disparos con arma de fuego- agentes policiales que prestaban servicios en el operativo de seguridad.
También fue herido un hincha de Peñarol que se encontraba en la tribuna visitante y el cual debió ser asistido con posterioridad en el hospital José María Cullen.
Condenado y prohibido su ingreso
- El fallo judicial dispuso que el barrabrava Pablo Ariel Pérez sea condenado a siete años de prisión por los delitos de: autor de Asociación ilícita en carácter de organizador; usurpación Agravada por el uso de arma de fuego en grado de tentativa y Coacciones Doblemente Agravadas por ser con el uso de arma de fuego y por ser con el propósito de que una persona abandone su lugar de residencia habitual; partícipe necesario de amenazas agravado por ser cometido en las previsiones de la Ley de Espectáculos Deportivos; partícipe necesario de abuso de armas; partícipe necesario de Instigación a la violencia colectiva.
- La resolución, en tanto, dispuso la prohibición por el doble del tiempo de la condena para concurrir a espectáculos deportivos.
- Inhabilitación por el doble de tiempo de la condena para desempeñarse como colaborador, dirigente, concesionario, miembro de comisiones o subcomisiones de entidades deportivas.