El tribunal pluripersonal estará compuesto por los jueces Susana Luna (presidenta); Jorge Pegassano y Luis Octavio Silva. Según informó la Oficina de Gestión Judicial (OGJ), el miércoles a partir de las 8:30 se realizarán los alegatos de apertura.
Al término de la primera jornada, el fiscal Omar De Pedro quien junto a Filippi investigan el caso, dialogó con el móvil de Aire de Santa Fe.
“No solo esperábamos nosotros el juicio sino la familia y el menor. Estamos intentando cumplir con la idea de hacer justicia. Nos costó bastante llevar la causa a juicio”, manifestó el fiscal.
Respecto de las penas atribuibles en este tipo de casos, de Pedro explicó que son elevadas porque están en paridad con las que se aplican para homicidios.
El fiscal cuestionó la actitud de la defensa de los imputados que hablaron de “denuncia trasnochada de la madre y el solo relato del menor a través de un vidrio”.
“La cámaras gesell tienen un enorme valor. Seguramente se planteará la discusión en que si el tribunal le cree o no al menor. Le pedimos al tribunal que tenga presente el superior interés del niño. Lo medular son los relatos en cámara gesell”.
Luego de la audiencia inicial, el juicio se reanudará el miércoles 1 de noviembre, el jueves 2 y el viernes 3 de noviembre, siempre a partir de las 8:30. Los alegatos de clausura, en tanto, fueron programados para el lunes 6 de noviembre. Por último, está previsto que la sentencia se de a conocer el miércoles 8 de noviembre.
Las tres personas imputadas son el abuelo materno de la víctima cuyas iniciales son VHB; la abuela materna cuyas iniciales son NMM; y el tío del niño, un policía cuyas iniciales son JPB.
Los abuelos de la víctima están en prisión preventiva desde 2014, fecha en la que la madre del niño –que es la hija y hermana de los imputados– denunció lo ocurrido. Por su parte, el tío de la víctima está detenido desde 2016.
El abuelo del niño fue imputado por los fiscales como autor de los delitos de abuso sexual con acceso carnal agravado (por resultar grave daño en la salud mental de la víctima; por ser cometido por ascendiente, encargado de la educación y guarda; por ser cometido por dos personas; y por aprovechar la situación de convivencia preexistente con el niño menor de edad) y promoción de la corrupción de menor agravada (por ser la víctima menor de 13 años; y por ser ascendiente y personas conviviente y encargada de la educación y guarda del menor), ambos delitos en concurso ideal. Además, fue imputado como autor de coacciones reiteradas, en concurso ideal con los otros dos delitos.
Por su parte, al tío de la víctima, los funcionarios del MPA le atribuyeron la autoría de los delitos de abuso sexual con acceso carnal agravado (por resultar grave daño en la salud mental de la víctima y por ser encargado de la guarda) y promoción de la corrupción de menor agravada (por ser la víctima un menor de 13 años y por ser el imputado persona encargada de la guarda del menor), ambos delitos en concurso ideal. Además, fue imputado como autor de los delitos de coacción agravada por el uso de arma de fuego y desobediencia a un mandato judicial, todo en concurso real”.
En tanto, la abuela del niño fue imputada como autora del delito de promoción de la corrupción de un menor agravada (por ser la víctima menor de 13 años y por ser ascendiente y persona conviviente encargada de la educación y guarda del menor) y partícipe principal del delito de abuso sexual con acceso carnal reiterado agravado (por resultar grave daño en la salud mental de la víctima; ser cometido por ascendiente, encargado de la educación y guarda; ser cometido por dos personas y por aprovechar la situación de convivencia preexistente con el niño menor de 18 años), ambos delitos en concurso ideal.
De Pedro y Filippi concluyeron que “de acuerdo a los hechos investigados y a los delitos atribuidos, las penas que solicitaremos son de 22 años de prisión para el abuelo de la víctima; 20 años para el tío y 25 para la abuela del niño”.
La madre de la víctima se constituyó como querellante en la causa. El representante técnico de la mujer es el abogado Martín Risso Patrón.


Dejá tu comentario