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Policiales Espionaje ilegal | Marcelo Sain | Ministerio de Seguridad de Santa Fe

Apareció Marcelo Sain y con un nuevo planteo pide que se lo desvincule del delito de espionaje

Mediante un escrito de 58 páginas, el abogado de Marcelo Sain, Hernán Augusto Martínez, presentó un recurso en donde solicitó que se declare la inexistencia de un delito.

Hernán Augusto Martínez, el abogado que representa al exministro de Seguridad, Marcelo Sain, imputado como jefe de una asociación ilícita que realizaba maniobras de espionaje ilegal durante su paso por la cartera del gobierno provincial, presentó en los tribunales de Santa Fe un nuevo planteo en donde solicitó que se declare la excepción de falta de acción por inexistencia de delito.

Dicho planteo fue tras sostener que el encuadre delictivo que le dieron los fiscales Ezequiel Hernández y Federico Grimberg no fue el correcto, ya que el espionaje ilegal solo se aplica en los casos en que los involucrados integran organismos de inteligencia criminal del Estado nacional.

Por esa razón y mediante un escrito de 58 páginas, el abogado de Sain sostuvo que “de los hechos imputados se desprende de manera palmaria y evidente la ausencia de encuadre típico".

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“Es indudable que hay razones políticas que exceden este planteo, pero es ostensible, y deseamos dejarlo asentado, que es tan irracional la imputación como la campaña mediática y política que ha rodeado esta causa”, consideró el letrado en su recurso presentado en la Oficina de Gestión Judicial de tribunales el martes pasado.

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Marcelo Sain, exministro de Seguridad de Santa Fe.

Marcelo Sain, exministro de Seguridad de Santa Fe.

En sus argumentos, Martínez citó además los fallos de los jueces camaristas, Sebastián Creus y Jorge Andrés, que pusieron en duda, con distintas resoluciones, si hubo realmente espionaje ilegal.

Primero fue Creus –que intervino cuando la Fiscalía todavía no había imputado– que consideró que por la información aportada en su momento, los elementos de la causa no eran firmes para sostener que hubo espionaje de parte de Sain y sus colaboradores en el Ministerio de Seguridad.

“No hay información brindada en los actos procesales en los que los fiscales han expuesto sus pretensiones que permitan siquiera afirmar con algo de suficiencia la tipicidad de estas conductas en los términos de la ley de inteligencia nacional”, dijo el camarista.

“Aunque se comprenda la utilización publicitaria de términos como "espionaje", en el contexto de intereses particulares proselitistas, no cabe duda que resulta una exageración”, acotó Creus en su fallo resuelto 30 de marzo del 2022.

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Defensores y fiscales hicieron sus planteos ante el juez Sebastian Creus en la sala 5 de la Cámara de Apelaciones.

Defensores y fiscales hicieron sus planteos ante el juez Sebastian Creus en la sala 5 de la Cámara de Apelaciones.

El camarista Jorge Andrés, por su parte, consideró el pasado 14 de abril (cuando resolvió un planteo de competencia judicial) que el tipo penal de espionaje no puede ser cometido por quienes no integran el Sistema de Inteligencia de la Nación.

“No es correcta la interpretación que efectúan los acusadores (fiscales y querellantes), de que cualquier funcionario o empleado puede realizar las conductas prohibidas en el art. 4 de la Ley 25.520 (ley de inteligencia), sino solo aquellos que integran el Sistema de Inteligencia Nacional”, sostuvo el juez de segunda instancia en su resolución. “Debemos entender que refiere a cualquier funcionario o empleado público que integre el Sistema de Inteligencia Nacional, quedando excluidos todo otro empleado o funcionario, ya sea nacional o provincial, que no forme parte de dicho sistema”, acotó.

El abogado de Sain además volvió a hacer hincapié en que la causa tuvo supuestas irregularidades. Entre ellas, dice el letrado, que el procedimiento ejecutado por los investigadores del Organismo de Investigaciones (OI) el 26 de noviembre del 2021 en la sede del ministerio de Seguridad de Rosario fue ilegal.

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“La situación fue lisa y llanamente un allanamiento sin orden judicial. Los funcionarios intervinientes no se limitaron a “solicitar informes” ni a secuestrar efectos del Estado, sino que procedieron a coaccionar a todos los presentes a fin de que entreguen sus teléfonos celulares particulares, abran sus bolsos, mochilas, y demás elementos privados; y hagan entrega de cuanto elemento les fuera requerido, bajo una amenazante actitud”, denunció el abogado.

El planteo, que de ser admitido, tiene previsto que ser revisado por un juez de primera instancia, por lo que deberá realizarse una audiencia en tribunales y las partes de la causa tendrían que ser convocadas.

Quién es quién en la causa contra Sain

  • Por la causa, Sain fue formalmente imputado el 29 de noviembre del 2022 en una audiencia en donde el fiscal Ezequiel Hernández, junto con Federico Grimberg, le atribuyó haber encabezado una asociación ilícita de carácter “permanente, estable y organizada” y que fue conformada por funcionarios públicos pertenecientes al Ministerio de Seguridad de la provincia de Santa Fe y el Organismo de Investigaciones, los cuales tuvieron como objetivo cometer diversos delitos contra la administración pública y personas humanas y jurídicas.
  • Según la imputación, la organización habría operado desde el 30 de diciembre de 2019 (unos días después de quedar al frente de la gestión) hasta el 26 de noviembre de 2021, cuando se desarrollaron los allanamientos en Rosario de la sede del Ministerio de Seguridad.
  • Para Hernández, que estuvo al frente de la investigación de su inicio, Sain fue el jefe de la asociación ilícita, mientras que por debajo estuvieron la exdirectora de la Agencia de Control Policial (ACP), Nadia Schujman y la exfuncionaria del Organismo de Investigaciones, Débora Cotichini, en su carácter de organizadoras.
  • Mientras que por debajo quedaron imputados, en carácter de miembros de la asociación ilícita, Germán Montenegro (exsecretario de Seguridad Pública), Diego Rodríguez (Exsubsecretario de Control Institucional); Milagros Bernard (Excontratada por la Subsecretaría de Control Institucional del Ministerio de Seguridad); y Pablo Álvarez (Exsubsecretario de Investigación Criminal dependiente de la Secretaría de Seguridad Pública).