La acusación contra Francisco Sánchez es sostenida por el abogado querellante particular, Juan José Patiño, ya que la Fiscalía archivó las actuaciones por entender que no había responsabilidad del conductor en la muerte de Nicola.
Sin embargo, según sostiene la querella, se tienen que tener en cuenta las circunstancias en las que ocurrió el accidente para evaluar la responsabilidad de Sánchez y de Nicola. La audiencia preliminar fue presidida por el juez Leandro Lazzarini, quien deberá resolver si la causa llega a juicio, o si le asiste razón a los abogados defensores Martín Montegrosso y Guillermo Morales, quienes pidieron el sobreseimiento por el archivo dispuesto por la Fiscalía.
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El conductor tras el choque huyó y se presentó horas después en la dependencia policial.
Homicidio culposo agravado
En la acusación presentada por Patiño se repasan los hechos atribuidos a Sánchez, y que ocasionaron la muerte de Luciano Nicola. El 25 de diciembre de 2020, minutos antes de las 6 de la mañana, la Policía de Santa Fe desarticuló distintas fiestas privadas que se realizaban en la zona de Colastiné, y que se encontraban prohibidas por estar vigente el aislamiento social por la pandemia de Covid.
Una multitud de jóvenes que habían asistido emprendieron el regreso en vehículos particulares y también caminando a la vera de la ruta 168, por banquinas que no están preparadas para el tránsito peatonal.
Luciano volvía caminando junto a dos amigos, quienes declararon en la investigación y explicaron cómo Luciano fue embestido cuando intentaban cruzar la ruta para caminar con los autos de frente. A raíz del impacto, el joven voló varios metros y perdió la vida en el lugar. En tanto, el conductor abandonó el automóvil a unos 200 metros del lugar del impacto y se retiró a pie del lugar junto a su acompañante, quien también declaró y explicó cómo fue el accidente.
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Para el querellante, Sanchez conducía su automóvil infringiendo el deber de cuidado y previsión que establece la Ley de Tránsito 24.449: “Nos demuestra el accionar culposo imprudente con el que obró Sanchez”, remarcó Patiño. El artículo 39 de esa ley precisa las condiciones para conducir: “Los conductores deben circular con cuidado y prevención, conservando en todo momento el control del vehículo, teniendo en cuenta los riesgos propios de la circulación y demás circunstancias de tránsito”; en el artículo 50 se determina la “velocidad precautoria”: se deben tener en cuenta las condiciones de la vía y el tiempo, la visibilidad, la densidad del tránsito, el estado del vehículo, etcétera...
Patiño remarcó que Sánchez, además de haber conducido sin tener en cuenta todos los extremos relatados en el párrafo anterior, evadió el accionar de la justicia al huir del lugar, y que se presentó en la comisaría cuatro horas después del siniestro.
Entre la prueba de cargo para sostener la conducción imprudente de Sanchez la querella presentó informes de peritos que establecieron que el conductor se encontraba alcoholizado y que manejaba a 100 kilómetros por hora aproximadamente, lo que si bien no excede el límite dispuesto, se tendrían que haber tenido en cuenta las circunstancias particulares e inusuales de ese día: la multitud de jóvenes caminando por la zona.
Patiño adelantó en el escrito acusatorio y en la audiencia realizada este martes que pedirá que Sanchez sea condenado a seis años de prisión por el delito de homicidio culposo en accidente de tránsito, por conducción imprudente, negligente y temeraria, agravada por el abandono de persona.
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Testigos
El siniestro se pudo reconstruir especialmente de lo aportado por tres personas: una mujer que iba en el automóvil y dos amigos de la víctima del siniestro fatal. La primera explicó que estaban en una fiesta en Colastiné Sur y al rato llegó la Policía y cortó todo, por lo que se fueron en el automóvil de Sanchez junto a otros autos en caravana hacia Santa Fe.
La testigo aportó que del lado derecho de la ruta caminaban muchos chicos sobre la banquina, por lo que el conductor decidió tomar el carril izquierdo de circulación, y que luego de un rato, continuando por ese carril de golpe sintió que su amigo pegó un volantazo hacia la derecha y cuando levantó la vista vio algo que impactó en el vidrio de adelante sin advertir que era una persona.
Por su parte, los amigos de Luciano explicaron que habían ido a una fiesta clandestina en una quinta a donde los habían trasladado en una trafic, que llegó la policía y retiraron todo y los sacaron del lugar. Entonces se quedaron afuera, pero la policía les decía que circulen, y como la trafic los buscaría a las 9, decidieron ir hasta la ruta y emprender la vuelta.
Al llegar a la ruta primero caminaron por la banquina del lado derecho, pero decidieron cruzar. Inicialmente no pudieron hacerlo porque circulaban muchos autos por lo que continuaron su caminata por la derecha. Seguidamente intentaron cruzar, pero siguieron por la mitad de la ruta porque no podían pasar hacia el otro carril, y que incluso observó que los autos que circulaban por donde caminaban se corrían para la derecha cuando los veían.
Luciano estaba del lado derecho pisando la ruta y a la vez no: “Yo cuando escuchaba autos le decía que venga más para adentro y cuando lo escuché no alcancé a darme vuelta que ya estaba impactado”, dijo una testigo cuya declaración fue incorporada en el escrito que la fiscal Parodi dispuso el archivo.
El relato de la otra amiga de Luciano fue coincidente: al tener que irse de la fiesta se dirigieron en dirección a Santa Fe por la banquina derecha, pero querían cruzar hacia la otra mano para poder ver de frente los autos y porque había un lugar más ancho para poder caminar juntos. Cuando llegaron al guardarrail que divide la ruta había dos niveles y el pasto estaba alto así que no llegaron a cruzar. Como no podían cruzar y venían muchos autos decidieron seguir un tramo más por esa zona y como Luciano tenía un pie en el pasto y otro en la ruta; en ese momento dicen “vamos a cruzar ahora porque va a venir un loco y nos va a pasar por encima”. Seguidamente, se dio el impacto letal contra el joven de 19 años.