Se determinó que las polémicas pistolas Taser (conducen electricidad) sólo podrán ser utilizadas por personal de seguridad especialmente capacitado. Así lo regula el la resolución 395/2019, publicada en el Boletín Oficial con la firma de Patricia Bullrich, ministra de Seguridad.
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Este uso de armas no letales podrán ser utilizadas como último recurso. ¿Qué función cumplen en procedimientos de seguridad?: inmovilizar al objetivo y permitir la detención, siempre que el sospechoso se muestre como un peligro inminente, tanto para los efectivos de seguridad, para sí mismo y para terceros.
La resolución denomina a las Taser como “medio intermedio para ejercer un uso racional y gradual de la fuerza ante situaciones de enfrentamientos con personas violentas o amenazantes, brindando a las fuerzas policiales y de seguridad federales una opción táctica adicional en reemplazo de las armas de fuego”.
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Los agentes primero “deberán identificarse como tales de viva voz advirtiendo su inmediata intervención, salvo que dicha acción pueda suponer un riesgo de lesiones para otras personas, o cuando resultare ello evidentemente inadecuado o inútil, dadas las circunstancias del caso”.






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