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Policiales

Todos a juicio: el Tribunal Oral Federal de Santa Fe rechazó los pedidos de “probation” en la Causa Bolsafé

Los jueces comunicaron este jueves su decisión de no otorgar la suspensión de juicio a prueba solicitada por siete de los acusados en la causa.

Redacción Aire Digital

Un fallo del Tribunal Oral Federal de Santa Fe resolvió este jueves rechazar todos los pedidos de probation que fueron solicitados por la defensa de siete de los nueve acusados de la causa Bolsafé que investiga -en un primer tramo- una serie de defraudaciones ocurridas en la entidad y que causaron el perjuicio económico de unas 400 personas.

La resolución estuvo a cargo de los jueces cámaristas del estrado federal, José María Escobar Cello, María Ivón Vella y Luciano Lauría, que tras la feria judicial rechazaron hacer lugar a los distintos pedidos, realizados en distintos tramos del mes de junio, para que una buena parte de los imputados evite el juicio oral y público mediante una serie de tareas comunitarias y además abone una suma de dinero para resarcir a las víctimas.

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Principalmente, los jueces fundamentaron en su fallo que “la sanción que el Código Penal contempla para el delito atribuido la multa de dos a ocho veces el valor de las operaciones realizadas y la inhabilitación especial de hasta seis años”.

Por esa razón, argumentaron que es necesario que el acusado abone el monto mínimo como requisito del otorgamiento de la suspensión del juicio a prueba. “De más está decir que las imputadas no incluyeron este ofrecimiento o quedaron muy lejos de ese monto”, señaló el fallo.

Además, explicó que “la norma impide la procedencia del instituto respecto a los delitos reprimidos con inhabilitación, como es el caso del presente, por lo cual tampoco podía prosperar el otorgamiento de las probation”.

Las siete personas que pidieron dicho beneficio, por medio de sus abogados, se encuentran procesadas como partícipes de los delitos de “administración fraudulenta y captación de ahorro público e intermediación no autorizada en el mercado de valores, agravada por la utilización de medios masivos de difusión, en concurso ideal”.

 

“Estamos sumamente conformes”

Leandro Corti es abogado querellante en la causa. Cuando comenzaron a desarrollarse las audiencias para tratar los pedidos de suspensión de juicio había cuestionado duramente el aval del fiscal general.

Tras conocerse la resolución de los jueces, el letrado expresó su gratificación por Será Justicia, en comunicación con Ignacio Mendoza y Andrea Viñuela.

Corti manifestó que “estamos sumamente conformes, las victimas” y remarcó que el tribunal dentro de los fundamentos que dio para el rechazo de las probation “se basó en gran parte en los argumentos que había dado esta querella por los que entendíamos que no podía prosperar el juicio a prueba”.

Al explicar estos fundamentos, Corti precisó que “la extensión del perjuicio patrimonial, fijado en un informe Procelac en más de 250 millones de pesos, lo que ofrecían los imputados a modo de reparación era irrisorio; además, la expectativa de pena no era posible que sea de ejecución condicional”.

El letrado manifestó que estos delitos de tipo bursátil, específicamente en este caso la “captación irregular de ahorro público” prevee la pena de multa, “y la suspensión de juicio debe pagar el mínimo de esa multa que tampoco habían cumplimentado los imputados”.

De todos modos, Corti aclaró que estas resoluciones pueden ser impugnadas por los imputados, y recurrir entonces a la instancia superior de la Cámara de Casación Penal para que revise la decisión del TOF.

 

Audio ► La palabra de Leandro Corti en Será Justicia 

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