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Judiciales Policía | Gatillo fácil | Corte Suprema de Justicia de la Nación

Tras un fallo de la Corte Suprema, un policía tucumano fue absuelto tras ser acusado de "gatillo fácil"

La Corte Suprema de Justicia de la Nación ratificó la absolución de un policía tucumano acusado de homicidio durante un procedimiento.

El máximo tribunal rechazó un recurso presentado por la querella y confirmó la decisión de la Corte Suprema de Tucumán, que había revocado la condena a prisión perpetua dictada previamente por un tribunal oral.

El caso involucra la muerte de Miguel Reyes Pérez, quien fue herido el 24 de diciembre de 2016 en un enfrentamiento con Navarro y su compañero Gerardo Andrés Figueroa.

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Alertados de la situación, los policías observaron a un hombre que coincidía con la descripción dada y dieron la voz de alto. Se trataba de Miguel Reyes Pérez que, de inmediato, empezó a correr por los pasillos del barrio. Los policías lo siguieron y, según su relato, en un momento dado, el perseguido giró, sacó un arma de entre sus ropas y le apuntó a Navarro, quien –a su vez- le apuntó con una escopeta cargada con proyección antitumultos, pero lo hizo a sus pies.

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Con la firma de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, se consolidó la absolución de Navarro.

Con la firma de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, se consolidó la absolución de Navarro.

En ese momento, una mujer que buscaba proteger a Reyes se le tiró encima al policía quien, en el forcejeo disparó accidentalmente. El tiro dio en la cara de Reyes, quien quedó herido. Los vecinos comenzaron a agredir a los policías. La ambulancia no llegaba. Los policías se zafaron y cargaron a Reyes en la camioneta y lo llevaron hasta un hospital. Días después, el joven de 24 años falleció por una complicación derivada del traumatismo que sufrió por el disparo.

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En el juicio original, Navarro había sido condenado a prisión perpetua por homicidio agravado por abuso de la función policial, aunque el tribunal no logró encontrar el arma que supuestamente llevaba la víctima. Sin embargo, la defensa de Navarro apeló la condena, argumentando que su cliente actuó en legítima defensa.

La Corte Suprema de Tucumán revocó la condena a perpetua, determinando que el policía actuó en defensa propia ante un ataque inminente. Según el máximo tribunal provincial, no se valoraron adecuadamente todas las pruebas presentadas durante el juicio y se establecieron inconsistencias en las declaraciones de los testigos vinculados con la víctima.

El fallo fue ratificado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que rechazó el recurso de la querella, invocando el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, que establece que los recursos extraordinarios no serán admitidos cuando no presenten fundamentos suficientes. Con la firma de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, se consolidó la absolución de Navarro.