Llambi Campbell: 20 años de prisión para un hombre que abusó de dos niños de su entorno familiar
Un hombre fue sentenciado por unanimidad a 20 años de prisión por abusar de dos niños que residían en la misma casa, en la localidad de Llambi Campbell.
20 años de prisión para un hombre que abusó de dos niños de su entorno familiar.
Un hombre de 47 años, identificado como CMZ fue condenado a 20 años de prisión por haber abusado sexualmente de dos niños de su entorno familiar en la localidad santafesina de Llambi Campbell.
Te podría interesar
La sentencia fue ordenada por unanimidad por los jueces Sergio Carraro (presidente del tribunal), Héctor Aiello y Pablo Ruiz Staiger, en el marco de un juicio oral que finalizó este lunes por la mañana en los tribunales de la ciudad de Santa Fe.
Las fiscales Natalia Giordano y Florencia Zarabia representaron al Ministerio Público de la Acusación en el debate. Tras escuchar el veredicto, Giordano indicó que “valoramos que el tribunal haya considerado acreditada la atribución delictiva”, y agregó que “aguardaremos los fundamentos del fallo para conocer lo que motivó la decisión”.
Los hechos
Giordano sostuvo que “los abusos fueron cometidos durante la infancia de las víctimas, quienes actualmente son mayores de edad”. Al respecto, precisó que “en la época en la que los niños cursaban su escolaridad primaria, el condenado los agredió sexualmente en un domicilio en el que convivían a raíz de su vínculo familiar”.
“Por la diferencia de edad entre el autor de los ilícitos y las víctimas, la relación que los une y las características de los hechos, lo sucedido tuvo entidad suficiente para adelantar el normal y libre desarrollo de la sexualidad de los dos niños”, expuso la fiscal.
En cuanto al origen de la investigación, Giordano puntualizó que “una de las víctimas logró contarle a su madre lo que había ocurrido y la mujer radicó la denuncia correspondiente”.
Delitos
La pena a 20 años de prisión fue dispuesta por la autoría de abuso sexual con acceso carnal agravado (por el vínculo y por haber aprovechado la situación de convivencia preexistente), y promoción a la corrupción de menores agravada (por la ascendencia y por la convivencia). Los dos delitos fueron cometidos en perjuicio de ambas víctimas.
Desde el MPA manifestaron que su identidad no se brinda para evitar la revictimización de quienes sufrieron los abusos, ya que tienen el mismo apellido que el agresor.





