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Judiciales Corte Suprema | Julio De Vido | Horacio Rosatti

Aval de la Corte Suprema para una investigación contra el ex subsecretario de Puertos y Vías Navegables de la Nación Ricardo Luján

Ricardo Luján está acusado de enriquecimiento ilícito por haber incrementado injustificadamente su patrimonio mientras era funcionario público.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó varios de planteos de nulidad que había impulsado del exsubsecretario de Puertos y Vías Navegables, Ricardo Luján, acusado por el delito de enriquecimiento ilícito por haber incrementado injustificadamente de manera apreciable su patrimonio durante los seis años en los que fue funcionario público, en una causa en la que también está investigada su esposa.

Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y los conjueces Mirta Delia Tyden (Posadas), Fernando Poviña (Tucumán) y Carlos Vallefin (La Plata) rechazaron las presentaciones porque no se dirigían contra una sentencia definitiva o equipable a tal.

La defensa cuestionaba la nulidad de un informe de la AFIP de Santa Fe, la actuación de la fiscalía y un informe emitido por la Dirección Provincial de Investigación Patrimonial del Ministerio de Seguridad local.

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Ricardo Luján junto al exministro de Planificación Federal Julio De Vido. (Foto de archivo)

Ricardo Luján junto al exministro de Planificación Federal Julio De Vido. (Foto de archivo)

La causa se inició en diciembre de 2016 e investiga si Luján, exfuncionario de la Secretaría de Puertos y Vías Navegables de la Nación, se habría enriquecido ilícitamente y habría usurpado títulos durante su mandato. Luján ingresó a la Administración Pública Nacional el 12 de julio de 2006 en jurisdicción del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, conducido entonces por Julio De Vido.

La fiscalía puso en foco su nivel de vida, con viajes y la compra de divisas, en relación a sus declaraciones juradas, y una serie de maniobras supuestamente ilícitas como préstamos contraídos con mutuales, una metodología utilizada para justificar el origen del dinero empleado para la adquisición de bienes registrables.

La resolución de la Corte Suprema

Ricardo Lujan