El maltrato y abandono de mascotas estará prohibido en España y las sanciones económicas por no cumplir esa normativa irán desde los 500 hasta los 200 mil euros, según la nueva legislación que se prepara en ese país europeo con el objetivo de garantizar algo que cada vez aparece como más importante a los ojos de una parte de la sociedad: el bienestar animal.
El objetivo de esta norma, que por ahora se aplica a medias y que está dirigida a proteger a los animales domésticos y a las especies silvestres que están bajo el cuidado humano, es evitar el maltrato y abandono y promover la adopción y tenencia responsable. Solo quedan excluidos los perros de caza y los de otras actividades profesionales.
Más responsabilidades humanas
La nueva norma prohíbe el sacrificio de animales de compañía en los centros de protección animal y establece que tampoco podrán ser sacrificados alegando falta de espacio o motivos económicos. La eutanasia -utilizar algún químico para adelantar la muerte del animal- estará permitida bajo criterio veterinario, pero solamente cuando el bienestar del animal esté comprometido.
Además, la nueva legislación detalla cómo deberá hacerse la comercialización de especies como gatos, hurones y perros: ya no podrán ser vendidos en negocios del rubro sino exclusivamente por criadores.
Otra de las novedades es que los animales de compañía no podrán dejarse sin supervisión durante más de tres días consecutivos. En el caso de los perros, el límite de tiempo es incluso menor: no más de veinticuatro horas consecutivas.
A los dueños se les exigirá también identificar a sus mascotas, garantizar servicios sanitarios, recurrir a un profesional de comportamiento de animales cuando existan problemas de convivencia, evitar la reproducción indiscriminada y manejarlos con métodos que no les causen sufrimiento.
Animales prohibidos
Existen varios grupos de animales que están prohibidos desde la entrada en vigor de la ley: este listado incluye a los artrópodos (insectos), peces y anfibios cuya mordedura o veneno pueda suponer un riesgo grave para la integridad física o la salud de personas y animales.
Tampoco podrán ser utilizados como mascotas domésticas especies de reptiles venenosos y todas las especies de reptiles que en estado adulto superen los dos kilogramos de peso, excepto en el caso de quelonios (tortugas).
Quedan igualmente excluidos de la posibilidad de ser criados en una casa absolutamente todos los primates y los mamíferos silvestres que en estado adulto superen los 5 kilos de peso, así como otras especies incluidas en otra normativa sectorial a nivel estatal o comunitario que impida su tenencia en cautividad.
A todos estos grupos anteriormente citado se incluyen los erizos, los camaleones (son animales silvestres protegidos) y los cerdos vietnamitas o las cotorras (son especies invasoras), entre otros.
Infracciones y multas
La regulación prevé como una infracción grave utilizar animales como objeto de recompensa, premio, rifa o promoción, así como su uso como reclamo publicitario sin autorización.
Asimismo, el abandono de uno o más animales, la no denuncia de la pérdida o sustracción del animal y dejar de forma permanente perros o gatos en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos, patios y similares o vehículos.
“Se considerará muy grave el adiestramiento y uso de animales para peleas y riñas con otros ejemplares o personas. También la cría, el comercio o la exposición de animales con fines comerciales por personas no autorizadas o la venta de perros, gatos y hurones en tiendas de animales”, dice el texto.
Los circos no podrán usar animales silvestres en cautividad en sus espectáculos y dispondrán de un plazo transitorio de seis meses para modificar su actividad y entregar sus ejemplares a centros de recuperación de animales silvestres u otros espacios que garanticen su bienestar.
Estará prohibido utilizar a los animales de forma ambulante lo cual no quita para que se mantenga el derecho de las personas sin hogar a vivir con sus animales de compañía. También estará prohibido someter a los animales a trabajos inadecuados o excesivos en tiempo e intensidad.
¿Qué pasa en Argentina?
Argentina cuenta con tres leyes penales que protegen los derechos de los animales a nivel nacional. Una de ellas, la ley 14.346 sobre "Malos tratos y actos de crueldad hacia los animales" fue sancionada en 1954 y establece penas de prisión de quince días a un año a quien cometa actos de malos tratos o de crueldad hacia un animal.
Se intentó reformar en 2019 en la Cámara de Diputados, pero finalmente perdió estado parlamentario.
Por otra parte, en el año 2014 apareció una construcción jurisprudencial de "persona no humana", que le fue otorgada por primera vez en el país a la orangutana Sandra en 2014, y que luego obtuvieron algunos primates y la elefanta Mara en 2020.
Pero esto no está contemplado en ninguna normativa vigente y se logró a través de fallos singulares, por lo que no cuenta como criterio general.
Además, el artículo 227 del Código Civil y Comercial considera a los animales "cosas", dejando fuera conceptos tales como "ser sintiente" o "ser sensible". En la actualidad diferentes organizaciones, activistas y especialistas en derecho reclaman un endurecimiento en las penas para quienes cometan actos de crueldad y avanzar en derechos para los animales.
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