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Actualidad Julieta Prandi | Claudio Contardi |

Caso Julieta Prandi: Claudio Contardi pidió la nulidad del juicio que lo condenó por abuso sexual agravado

El recurso interpuesto de Casación del Departamento Judicial Zárate-Campana sostiene que las nulidades planteadas son “absolutas”.

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De acuerdo al documento que el defensor Fernando Sicilia envió a la agencia Noticias Argentinas, el recurso interpuesto de Casación del Departamento Judicial Zárate-Campana sostiene que las nulidades planteadas son “absolutas”.

Presentación de un escrito que pide la nulidad del juicio

El escrito se basa en distintos puntos principales para argumentar la presentación: "el hecho indeterminado, el rechazo a un juicio por jurados populares, la carátula del caso, los peritajes y el impedimento de una defensa eficaz por las renuncias de los abogados".

Según el abogado, a su cliente “se le ha hecho renunciar sin conocimiento ni información a su derecho constitucional de ser juzgado por sus pares” (debate por jurados), sino que lo hizo después de la elevación del juicio, “violentando la letra expresa de la ley” y “sin la entrevista correspondiente con el juez que establece el Código de Procedimientos”.

julieta prandi - claudio contardi
Claudio Contardi fue condenado a 19 años de prisión por abuso sexual agravado en perjuicio de la actriz Julieta Prandi.

Claudio Contardi fue condenado a 19 años de prisión por abuso sexual agravado en perjuicio de la actriz Julieta Prandi.

Sin embargo, señala que “no renunció” porque “se conformó con la integración de un Tribunal colegiado”, motivo por el que esta situación “viciada” radica en “una clara violación al principio de juez natural y de lo determinado en el artículo 22 del Código Penal de la provincia de Buenos Aires”.

Contardi “tuvo tan solo dos días para preparar su defensa”, luego de que el letrado Carlos García Dietze renunciara antes de la feria judicia, dice el texto.

Valoración arbitraria de la prueba

Además, el abogado recriminó la “valoración arbitraria de la prueba” al considerar únicamente el testimonio de Prandi y declaraciones de amigos y familiares que no "habrían presenciado los hechos de violencia", mientras que calificó de “desproporcionada” y “excesiva” la sanción impuesta porque “dictar 19 años para un hombre de 57 es similar a una pena de muerte”.

Por último, afirmó que en la resolución dictaminada el 13 de agosto "no se acreditó el dolo (voluntad o conocimiento) en el abuso sexual y que se desestimaron la incorporación de pruebas solicitadas por los defensores al expediente".

FUENTE: NA