Esta actualización semestral se basa en las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC.
Qué montos las billeteras virtuales deben reportar a ARCA
Desde el 1° de enero deben informarse las siguientes operaciones solo si superan los siguientes importes:
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- $600.000:
- Total de consumos con tarjetas de débito del país.
- Ingresos o egresos totales en billeteras virtuales.
- $1.000.000:
- Total de acreditaciones bancarias registradas en el mes.
- Total de depósitos a plazo constituidos en el mes.
- Extracciones en efectivo en el país o en el exterior, por ventanilla, cajero automático o cualquier otro medio.
- Saldo final en cuentas bancarias al último día hábil de cada mes.
- Saldo final en billeteras virtuales al último día hábil de cada mes.
- $2.000.000:
- Aplicable solo para billeteras virtuales, en caso de transferencias bancarias o virtuales superiores a dicho monto.
La medida no afecta a los consumidores, ya que es un régimen de información que deben cumplir las entidades financieras, billeteras virtuales y plataformas.