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Propietarios e inquilinos: cómo será el mecanismo para afrontar el descongelamiento de alquileres

El Gobierno no extenderá el congelamiento de alquileres y la suspensión de desalojos, lo aseguró el ministro Jorge Ferraresi. Según el decreto vigente, ambas medidas finalizan el 31 de marzo.

El congelamiento de los alquileres concluirá a fin de mes, tras lo cual propietarios e inquilinos deberán acordar cómo continúan los contratos y el financiamiento si hubiera deuda acumulada, al tiempo que desde el Gobierno afirman que "no habrá posibilidad de desalojos sin mediación".

El ministro de Desarrollo Territorial y Hábitat, Jorge Ferraresi, anticipó esta semana a la agencia Télam que cuando finalice el decreto que congela alquileres y prohíbe desalojos el 31 de marzo próximo, "no habrá extensión".

El funcionario aseguró que tras el descongelamiento "no habrá posibilidad de desalojos sin mediación ”, dado que "lo más fuerte en la reglamentación de la Ley de Alquileres es la mediación de los desalojos y la inscripción en Afip de los contratos".

La Ley de Alquileres establece que el Ministerio de Justicia debe facilitar ámbitos de mediación y arbitraje gratuitos o de bajo costo para la resolución de conflictos derivados de los alquileres.

En tanto, la obligatoriedad de inscribir los contratos en la Afip entró en vigencia desde este mes, y los propietarios que no tengan registrado el contrato podrán ser multados, al tiempo que no podrán llevar adelante juicios de desalojo.

Leer másEl Gobierno no extenderá el congelamiento de alquileres y la suspensión de desalojos

En este contexto, desde la agrupación de Inquilinos Agrupados manifestó en un comunicado "preocupación" por la finalización el 31 de marzo del decreto que comenzó a regir un año atrás, entre las primeras medidas económicas de emergencia que tomó el Gobierno por la pandemia.

Según el último informe dado a conocer por la Federación de Inquilinos Nacional, unos 300.000 hogares tienen deudas en las cuotas desde que comenzó la pandemia.

A su vez, el sondeo indicó que el 80% de las personas consultadas afirmó estar endeudada para pagar el alquiler.

Se trata del índice más elevado desde que llegó el coronavirus, señaló el informe que además sostuvo que un 40,4% no tiene certezas de dónde va a vivir en los próximos meses.

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La última prórroga extendió hasta el 31 de marzo del 2021 el congelamiento de alquileres.

La última prórroga extendió hasta el 31 de marzo del 2021 el congelamiento de alquileres.

Según Inquilinos Agrupados, el resultado de la encuesta nacional de inquilinos de enero arrojó que, el 40% no sabe dónde va a vivir cuando finalice el decreto.

En tanto, el 35,7% no pudo pagar el alquiler de enero o lo abonó parcialmente, lo que "los ubica en una situación de posible desalojo".

Gervasio Muñoz, presidente de la federación dijo que "durante la pandemia el decreto evitó que familias quedaran en la calle extendiendo automáticamente los contratos de alquiler y el mercado inmobiliario respondió a esa medida con aumentos de precios que hoy sufren los inquilinos".

Según la agrupación de inquilinos, el panorama hoy es: familias que hace meses acumulan deudas, no tienen dinero para mudanza, no tienen dinero para pagar un nuevo alquiler, y mucho menos para saldar las deudas mientras pagan un nuevo alquiler. La única alternativa es la calle", advierten.

Del otro lado de la mesa, Alejandro Bennazar, presidente de la Cámara Inmobiliaria Argentina, dijo que "en el mercado habitacional, la acción judicial en un desalojo y en un cobro no son frecuentes".

"Los conflictos se resuelven entre propietarios e inquilinos", aseguró Bennazar en declaraciones radiales.

El directivo agregó que el sector viene "desde hace 36 meses en un tobogán de caída libre" y aseguró que "el mayor de los problemas para el propietario es la rentabilidad, es la más baja de la historia".

Días atrás, el Consejo Federal de Colegios Inmobiliarios de Argentina (Cofeci) señaló que "continuar con la prórroga indefinida del DNU con las actuales condiciones establecidas, profundiza la problemática de los inquilinos, propietarios e inmobiliarios, generando una incertidumbre angustiante".

En ese sentido, la entidad propuso la creación de una "Tarjeta AlquilAr", para subsidiar a los inquilinos y aplicar programas de financiamiento para aquellos inquilinos que hayan generado deudas durante la prórroga del DNU.

El ministro Ferraresi se refirió al endeudamiento de los inquilinos y dijo que a partir de abril se podrá “ver el resultado de esta situación y tener datos reales de quiénes están en posibilidades de desalojo".

"Vamos a tener datos concretos de las familias vulnerables y aplicaremos distintas políticas ”, aseguró Ferraresi.

Cómo será el mecanismo para afrontar el descongelamiento

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¿Qué pasará con los contratos de locación vigentes desde abril?

¿Qué pasará con los contratos de locación vigentes desde abril?

¿El ajuste que estaba previsto y no se aplicó habrá que pagarlo?

, la diferencia entre el monto pactado y el que corresponda pagar por el congelamiento deberá ser abonada en al menos tres cuotas o, como máximo 12 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, sin intereses compensatorios ni punitorios.

¿Cuándo habrá que pagar esa diferencia?

La primera de esas cuotas deberá pagarse en abril de 2021.

¿Se puede dejar de pagar el alquiler?

El decreto no suspendió el pago de alquileres. Quién no pueda pagar acumulará una deuda que deberá saldar a partir de abril de 2021. Podrán aplicarse intereses compensatorios - los que no podrán exceder la tasa de interés para plazos fijos en pesos a TREINTA (30) días, que paga el Banco de la Nación Argentina- , pero no podrán aplicarse intereses punitorios ni moratorios, ni ninguna otra penalidad.

¿Puede haber desalojo si no se paga el alquiler?

Los desalojos por falta de pago se suspendieron hasta el 31 de marzo de 2021. En adelante, desde el Gobierno afirman que no habrá posibilidad de desalojos sin mediación.

¿En qué situación quedan los garantes de los alquileres?

Las obligaciones de la parte fiadora quedan prorrogadas por el nuevo plazo dispuesto y permanecerán vigentes hasta la total cancelación de las obligaciones del contrato.

¿Dónde recurrir ante posibles conflictos entre locador y locatario en la aplicación de las disposiciones del decreto?

En caso de no llegar a acuerdos entre las partes se establece la mediación previa y obligatoria, antes de acudir al procedimiento judicial previsto en cada jurisdicción.

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