La administración del presidente Javier Milei lo estableció así a través de la Resolución 259/2024 de la Secretaría de Energía publicada este martes en el Boletín Oficial.
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Las estaciones de servicio deberán poner un cartel con la siguiente leyenda: “En esta jurisdicción se aplican tasas viales y/o municipales sobre el precio de los combustibles"
Según la norma, las estaciones de servicio cuyos municipios apliquen tasas locales o viales en los combustibles líquidos o gaseosos deberán poner un cartel con el siguiente texto: "En esta jurisdicción se aplican tasas viales y/o municipales sobre el precio de los combustibles. Para más información, podrá consultar la página web de la Secretaría de Energía".
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Esta medida llega después de que la semana pasada el Ministerio de Economía impidiera a los municipios incluir sus propias tasas en las facturas de los servicios de luz y gas.
En la resolución se dispuso también que el cartel -en formato de calcomanía- deberá colocarse en un lugar visible en cada uno de los surtidores y que deberá cumplir con el diseño y los parámetros establecidos por el Ejecutivo.
Las empresas petroleras podrán elegir los colores del cartel, mientras que, en las bocas de expendio que no tengan marca o una bandera determinada, la calcomanía será de color amarillo.
Las empresas tendrán un plazo de 120 días para adecuarse a esta normativa y aquellas que no cumplan con lo ordenado serán pasibles de sanción pecuniaria.