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Economía Monotributo | Afip | pago

Malestar de Monotributistas por el aumento retroactivo que aplicó Afip: ¿qué hay que hacer?

Los pequeños contribuyentes adheridos al régimen del monotributo comenzaron a recibir saldos deudores generados por las diferencias en concepto de impuesto integrado, cotización previsional y obra social, que surgieron en virtud de la actualización de las categorías.

A partir de la actualización de los parámetros y valores del monotributo, todos los contribuyentes del régimen simplificado fueron recategorizados en forma retroactiva por única vez. Según informó la Afip, fueron más de 4 millones a los que se le aplicó automáticamente las nuevas categorías y valores de los distintos componentes del régimen para los primeros cinco meses del año.

Lo que generó para sorpresa de muchos, una deuda a la hora de realizar la consulta de cuenta, aun para aquellos que vienen cumpliendo con los pagos en tiempo y forma.

La recategorización se realizó de acuerdo con la escala en la que correspondía encontrarse encuadrado a partir de febrero de este año, en función de lo establecido por ley, y en igual proporción que la evolución del haber mínimo jubilatorio, informó el organismo.

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¿Qué deben hacer los contribuyentes?

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La nueva categoría asignada puede consultarse a través del sitio web del organismo. Los monotributistas podrán solicitar la modificación de la categoría hasta el día 25 de junio, inclusive

La nueva categoría asignada puede consultarse a través del sitio web del organismo. Los monotributistas podrán solicitar la modificación de la categoría hasta el día 25 de junio, inclusive

Los contribuyentes deben ingresar con su CUIT y Clave Fiscal en monotributo.afip.gob.ar y consultar la categoría asignada por la Afip.

Todas las personas tienen la posibilidad de solicitar la modificación de la categoría asignada hasta el día 25 de junio, inclusive.

¿Cómo modificar la categoría que asignó la Afip?

Los monotributistas podrán solicitar la modificación de la referida categoría hasta el día 25 de junio de 2021.

Para ello, deberán ingresar con clave fiscal al Portal Monotributo y seleccionar la opción “Categorización Retroactiva 2021”.

En caso de no realizar este procedimiento, se considerará aceptada la categoría asignada.

Aquellos monotributistas que abonen sus obligaciones a través del débito directo en cuenta bancaria o débito automático mediante la utilización de tarjeta de crédito, deberán solicitar la modificación de la categoría asignada, hasta el día 11 de junio de 2021 inclusive, a fin de que le sean debitadas las obligaciones por los importes correspondientes.

De no realizar este procedimiento hasta dicho plazo, deberán requerir un "stop debit" por el período fiscal junio de 2021 a fin de abonar los importes correspondientes mediante alguna de las modalidades de pago habilitadas.

Los monotributistas que no realicen ninguna de estas acciones, deberán abonar la diferencia correspondiente a la actualización de su categoría a través de los distintos mecanismos habilitados. La normativa contempla la posibilidad de regularizar las diferencias mediante el Plan de Pagos Permanente, establecido por la Resolución General N° 4.268.

Pago de diferencias de las nuevas categorías

Las diferencias en concepto de impuesto integrado, cotización previsional y obra social, en virtud de la actualización de los valores de las obligaciones mensuales y/o de la categoría, correspondientes a los períodos enero, febrero, marzo, abril y mayo de 2021, deberán ingresarse mediante las siguientes modalidades de pago hasta el día 20 de julio de 2021, inclusive:

  • Transferencia electrónica de fondos.
  • Pago electrónico mediante la utilización de tarjetas de crédito y/o débito.
  • Cualquier otro medio de pago electrónico admitido o regulado por el Banco Central de la República Argentina e implementado por esta Administración Federal.

Los pequeños contribuyentes podrán regularizar las diferencias a través del Plan de Pagos Permanente, establecido por la Resolución General N°4268. Para ello deberán ingresar con clave fiscal al servicio “ Mis Facilidades”, opción ‘‘R.G. N° 4268 Plan de Financiación Permanente’’.

El plan de facilidades de pago permanente de la Afip ofrece a los monotributistas la posibilidad de cancelar las diferencias en hasta 20 cuotas mensuales, iguales y consecutivas (el monto de cada cuota deberá ser igual o superior a $500).

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Leer másMonotributo: se podrá pagar hasta en 20 cuotas las diferencias que surjan de la recategorización

Asimismo, aquellos pequeños contribuyentes que a partir del 1° de julio decidan optar por este mecanismo de financiamiento deberán tener el Domicilio Fiscal Electrónico constituido y contar con una CBU declarada ante el organismo.

Las diferencias, como así también los nuevos valores de las categorías, podrán consultarse desde el 1 de julio de 2021 en el portal “Monotributo” seleccionando la opción “Estado de cuenta” o ingresando al servicio denominado “CCMA – Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos”, accediendo con Clave Fiscal.

Encuadramiento en categoría inferior

Cuando un contribuyente quede encuadrado en una categoría inferior a la que se encontraban, el excedente de lo abonado en concepto de impuesto integrado y cotizaciones previsionales podrá reimputarse.

Dicho procedimiento deberá hacerse mediante el servicio con clave fiscal “CCMA – Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos”, o a través del portal “Monotributo” seleccionando la opción “Estado de cuenta”.

El excedente en los importes abonados en concepto de obra social, podrán reimputarse mediante el servicio “Presentaciones Digitales” seleccionando el trámite “Reimputación de pagos - Formulario 399 ”.

Adhesiones en 2021

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Monotributo 2021. La actualización vigente desde 01/01/2021.

Monotributo 2021. La actualización vigente desde 01/01/2021.

Para aquellos monotributistas que se hubieran adherido a partir del 1° de enero de 2021, la nueva categoría tendrá efectos a partir del mes inmediato siguiente a aquel en que se efectivizó la adhesión, excepto que se trate de inicio de actividades, en cuyo supuesto, tendrá efectos a partir del mes correspondiente a la adhesión solicitada.

Los ciudadanos que se adhieran al Monotributo a partir del mes de junio de 2021, deberán considerar los nuevos parámetros de ingresos brutos y alquileres devengados, junto con los restantes parámetros.

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