En Santa Fe hay unas 20 plantas que producen biodiesel, las pequeñas y medianas lo fabrican para el corte de gasoil con el biocombustible, las más grandes son las compañías internacionales que los procesan y los exportan desde los complejos portuarios del Gran Rosario. Nuestra provincia es la primera productora de biodiésel, a partir del aceite de soja, y la cuarta productora de combustibles a nivel nacional.
La ley aprobada en 2006 contempla un esquema de beneficios fiscales por un plazo de 15 años para productores de biocombustibles elaborados en base a soja, maíz y caña de azúcar, productos que son de corte obligatorio para las naftas, en un 12% en el caso del etanol, y del gasoil en un 10% para el biodiesel.
Esta ley vence en Mayo, la prórroga obtuvo media sanción en el Senado nacional en octubre del año pasado, votación que fue por unanimidad. Es por esto que el secretario de Energía, Darío Martínez, expondrá mañana la posición del Gobierno sobre el proyecto de prórroga hasta el 2024 de la Ley de Promoción de los Biocombustibles en la comisión de Energía y Combustibles de la Cámara de Diputados.
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La ley contempla el régimen de regulación y promoción para la producción y uso sustentables de biocombustible y prevé la continuidad de beneficios impositivos para los productores de las 54 plantas asentadas en diez provincias.
Este régimen fue considerado clave por todas las bancadas políticas para orientar las inversiones que podrá hacer el sector, denominado como la industria "verde", en medio de la crisis económica y social por la pandemia de coronavirus.
La reunión convocada para el lunes se produce días después de que el Interbloque Federal y Juntos por el Cambio solicitaran la concreción de sesiones especiales para tratar el proyecto que ya cuenta con sanción del Senado.
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El Régimen de Regulación y Promoción para la Producción y Uso Sustentables de Biocombustible prevé exenciones relacionadas con el Impuesto al Valor Agregado, el Impuesto a las Ganancias para la adquisición de bienes de capital u obras de infraestructura y dispone que los bienes afectados no integrarán la base de imposición del Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta.
También dispone que los biocombustibles no estén alcanzados por la tasa de Infraestructura Hídrica, por el Impuesto sobre los Combustibles Líquidos y el Gas Natural, por el impuesto denominado 'Sobre la transferencia a título oneroso o gratuito, o sobre la importación de gasoil' así como tampoco por los tributos que en el futuro puedan sustituir o complementar a los mismos.
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