Con la participación de la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont, el ministro de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas, y el jefe de Gabinete de ministros, Santiago Cafiero, en conferencia de prensa, se presentó la moratoria tributaria en el marco de la Ley de Emergencia.
La moratoria anunciada hoy para pequeñas y medianas empresas permitirá pagar deudas en planes de hasta 10 años en el caso de deuda tributaria, y hasta cinco años en caso de mora por aportes previsionales.
La moratoria ofrecerá una quita promedio del 42% sobre el total de las deudas de los contribuyentes que adhieran.
El plan ofrece plazos de hasta 10 años para refinanciar las deudas acumuladas a lo largo de los últimos años.
Los datos de la AFIP muestran que entre 2015 y 2019 cerraron 24.505 empresas.
El sector más afectado a lo largo de ese período fueron las micro, pequeñas y medianas empresas: los empleadores con hasta 10 trabajadores explican el 91% del total de empresas afectadas por la crisis.
La moratoria forma parte del programa de recuperación integral impulsado por el Gobierno.
Ofrece un mecanismo para frenar la asfixia financiera que experimentan las empresas y les da tiempo para ordenarse hasta tanto se recupere la situación económica.
La moratoria anunciada hoy para pequeñas y medianas empresas permitirá pagar deudas en planes de hasta 10 años en el caso de deuda tributaria, y hasta cinco años en caso de mora por aportes previsionales.
Durante el primer año, la tasa de interés será fija, del 3% mensual; y luego será variable, por BADLAR.
En los planes de pago vigentes, sin quita porque para ello se requiere una ley del Congreso, la tasa de interés que está cobrando la AFIP es del 2,5% mensual.
Se prevén planes de pago de hasta 120 cuotas para las obligaciones tributarias y aduaneras, mientras que en el caso de deudas por aportes y retenciones habrá hasta 60 cuotas.
La inscripción en la moratoria comenzará el 17 de febrero y habrá tiempo hasta el 30 de abril, pero como la primera cuota vencerá el 16 de julio, representará un alivio inmediato para quienes ya tienen planes de pago y se adhieran, ya que tendrán casi seis meses de margen.
El objetivo de la medida es garantizar que los sectores más afectados dejen de caer y comiencen a recuperarse.
El único requisito para entrar en la moratoria será contar con el certificado "MiPyME".
En lo que va del año 42.918 de empresas ya hicieron el trámite, por lo que 608 mil firmas figuran en el Registro PyME.
Desde el Gobierno indicaron que los monotributistas que quieran adherirse a la moratoria también deberán tramitar el certificado, pero aclararon que no va a cambiar en nada su categoría frente a la AFIP.
Principales características del Plan Moratoria 2020
- Será posible acceder entre el 17 de febrero y el 30 de abril.
- Hasta 120 cuotas para las obligaciones tributarias y aduaneras (hasta 60 cuotas para aportes y retenciones).
- Condonación parcial de intereses y total de multas.
- Tasa del 3% mensual fija por un año y a partir de ese momento, una tasa variable.
- Permite utilizar todas las devoluciones aprobadas y pendientes de pago que un contribuyente tenga a favor en AFIP para restarlo de la deuda
- Permite reformular todos los planes de facilidades de pagos vigentes o caducos en una sola cuota (los beneficios para los contribuyentes serán menores que el resto de las empresas).
- Se puede incluir deuda vencida hasta el 30 de noviembre de 2019
- Levantamiento de embargos y suspensión de la acción penal.
- Es necesario contar con el Certificado Mipyme que otorga el Ministerio de Desarrollo Productivo. El documento puede obtenerse hasta el 30 de abril.
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