El Gobierno decidió hoy por decreto actualizar los impuestos que pesan sobre los combustibles líquidos a partir del 16 de octubre. Luego, al menos hasta fin de año no habrá otra medida en este sentido.
Así lo resolvió el Gobierno a través del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 783 publicado este jueves en el Boletín Oficial con las firmas del presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y el ministro de Economía, Martín Guzmán.
La gestión de Alberto Fernández ha decidido sustituir el artículo 6° del Decreto N° 488 del 18 de mayo de 2020 para que la medida tenga ejecución.
Se estableció que el incremento en los montos de impuesto que resulte de la actualización correspondiente al primer trimestre de 2020, surtirá efectos para la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil, recién desde el 16 de octubre de 2020.
En segundo lugar, la medida suspendió "toda otra actualización hasta el 1° de diciembre de 2020", por lo que no habrá incremento durante noviembre.
Las disposiciones de este decreto entraron en vigencia este mismo jueves, pero el impacto en el bolsillo del consumidor se sentirá recién a partir del 16.
En agosto y septiembre pasado, luego de más de ocho meses de congelamiento de precios, las petroleras aplicaron una suba promedio de 4,5% y 3,5% respectivamente, en todo el país.
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