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Economía Fomentar Empleo | Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación | beneficios

Fomentar Empleo: se restringe la participación de beneficiarios, a quiénes afecta

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social adecuó los lineamientos generales de adhesión al programa de cobro mensual.

A través de la Resolución 1202 y a fin de cumplir con el proceso de reordenamiento y simplificación de los beneficios poblacionales gestionados por la Secretaría de Empleo, se efectivizó la sustitución del artículo 9° de la normativa general referido a la vigencia de sus prestadores.

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Fomentar Empleo: se restringe la participación de beneficiarios

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"La adhesión al programa Fomentar Empleo se mantendrá durante la vigencia, en tanto la persona adherente no solicite su baja o se detecte que dejó de reunir los requisitos de accesibilidad establecidos en el presente Reglamento", sintetiza un tramo del Considerando.

La salida será notificada a la casilla de correo electrónico y al número de teléfono celular registrados en el Portal Empleo.

En tanto, las condiciones de accesibilidad se verificarán desde hoy en forma periódica y continua, mediante procesos tecnológicos de cruces de información a instrumentarse por la Dirección General de Informática e Innovación Tecnológica, dependiente de la Subsecretaría de Gestión Administrativa.

No obstante, en caso de que las personas adherentes se encuentren participando en una prestación específica indicada en el artículo 5° del Reglamento (Prácticas en ambientes de trabajo o acciones de promoción a la inserción en el trabajo registrado), en cuyo caso las inspecciones se reanudarán al concluir su participación en ellas.

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Fomentar Empleo: qué pasa si me dan de baja del programa

El artículo 9° actualizado este martes indica que las personas cuyas adhesiones sean dadas de baja podrán tramitar nuevamente su alta cuando vuelvan a reunir las condiciones de accesibilidad.

Fomentar Empleo: cómo funcionará el programa

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A través de la modificación del artículo 2°, se estableció que los servicios de orientación laboral y asistencia a la búsqueda de empleo se instrumentarán a través de cuatro instancias:

  1. Actividades de orientación autogestionadas vinculadas a la búsqueda de empleo o al mundo del trabajo ofrecidas a través del Portal Empleo;
  2. Actividades de orientación laboral ofrecidas en el marco del Componente de Formación Profesional Básica de la línea de formación básica para el empleo del Plan de Formación Profesional y Contínua;
  3. Cursos de introducción al trabajo, hasta completar el proceso de integración y articulación del Programa Jóvenes con más y mejor Trabajo y el Programa Fomentar Empleo,
  4. Cursos de apoyo a la empleabilidad e integración social, hasta completar el proceso de integración y articulación del Programa Jóvenes con más y mejor Trabajo y el Programa Fomentar Empleo.

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