La decisión se formalizó por medio de una resolución de la Secretaría de Comercio Interior, publicada en el Boletín Oficial.
La medida aprueba la reglamentación del decreto N° 274 de fecha 17 de abril de 2019, que establece los acuerdos y prácticas prohibidas relacionadas con la producción e intercambio de bienes o servicios.
Ese decreto, firmado por el ex presidente Mauricio Macri, oficializó los alcances de la Ley de Lealtad Comercial, y a la vez estableció sanciones sobre prácticas comerciales entre privados.
Ahora, el texto oficial publicado este lunes encomendó a la Subsecretaría de Políticas para el mercado Interno (que depende de Comercio Interior) las siguientes acciones, entre otras:
a) Establecer los requisitos que deben reunir los concursos, certámenes y sorteos, y las promociones de productos y servicios.
b) Determinar el lugar, forma y características de las indicaciones a colocar sobre los bienes que se comercializan en el país o sobre sus envases.
c) Establecer el régimen de tolerancia aplicable al contenido de los envases.
d) Establecer los regímenes y procedimientos de extracción y evaluación de muestras, así como el destino que se dará a las mismas.
e) Determinar los contenidos o las medidas con que deberán comercializarse los bienes.
f) Autorizar el reemplazo de la indicación de las medidas netas del contenido por el número de unidades o por la expresión "venta al peso".
g) Establecer la obligación de consignar en los bienes que se comercialicen sin envasar, su peso neto o medidas.
Por su parte, la Dirección Nacional de Políticas para el Desarrollo del Mercado Interno estará a cargo de, entre otras funciones:
a) Recibir y admitir las denuncias; iniciar procedimientos de oficio; realizar diligencias preliminares; conferir traslados y resolver sobre la eventual procedencia de la instrucción del sumario.
b) Admitir, rechazar y producir la prueba necesaria para llevar adelante las actuaciones.
c) Declarar concluido el período de prueba y disponer los autos para alegar.
d) Efectuar pedidos de información y documentación a las partes o a terceros, formular observaciones y solicitar información adicional.





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