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Economía

Cómo es el sistema “Exporta Simple” que lanzó el Gobierno

El Gobierno lanzó hoy el sistema “Exporta Simple” para facilitar los envíos al exterior de las pequeñas empresas. Las exportaciones se realizan a través de empresas de servicios postales.

“Exporta Simple” es un Régimen de Exportación Simplificada creado con el objetivo facilitar a los pequeños productores las operaciones de exportación, con fines comerciales, a través de Prestadores de Servicio Postal.

A través de este régimen se busca potenciar el incremento de la actividad exportadora, así como a facilitar la integración con localidades de países del Mercosur.

A los efectos de la utilización del Régimen de Exportación Simplificada, deberá cumplirse con los siguientes requisitos:

Para poder participar la compañía o “sujeto” no debe exportar más de u$s 600.000 FOB por año y cada operación individual no deberá superar los u$s 15.000 ni pesar más que los 300 kilos. La firma debe tener CUIT y clave fiscal nivel de seguridad 3 como mínimo.

Los bienes a exportar deberán ser producidos en el país y “no alcanzados por prohibición, suspensión o cupo a la exportación”, indica la AFIP. Además, no podrán ser aquellos sometidos a un tratamiento operativo específicamente normado para el control aduanero.

Los Prestadores de Servicios Postales serán los responsables de efectuar los registros de las operaciones de exportación, de acuerdo con las exigencias que la normativa específica prevea. Estos prestadores deberán estar inscriptos como “Prestador CUSE” y registrarán sus declaraciones a través del Sistema Informático MALVINA (SIM).

Estas operaciones estarán alcanzadas por los derechos de exportación, que deberán cancelarse mediante el uso del Volante Electrónico de Pago (VEP) en forma previa al embarque de la mercadería.

Este régimen no permite cancelar insumos ingresados mediante destinaciones suspensivas de importación temporaria, ni mercadería sujeta a precios revisables o concentrados de minerales.

Si hay un incumplimiento de los requisitos establecidos en el régimen, serán responsables el Prestador de Servicio Postal y el sujeto beneficiario.

Características

 

infografiaExportaSimplev3

 

Fuente: Clarín

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