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Economía Ley de Alquileres | Alquileres | Javier Milei

Claves para entender qué pasará con los alquileres y cómo se negociarán los nuevos contratos

El decreto de necesidad y urgencia que firmó el presidente Javier Milei derogó la ley vigente en materia de alquileres. ¿Qué pasará con los nuevos contratos, en qué moneda se podrán pactar, cuáles son los periodos de duración y los métodos de ajuste? Claves para propietarios e inquilinos.

El primer punto de las 30 principales medidas menciona explícitamente esta iniciativa, que el propio jefe de Estado sostuvo que apunta a que “el mercado inmobiliario vuelva a funcionar sin problemas y alquilar no sea una odisea”.

Entre las principales modificaciones, los contratos se podrán hacer en pesos, dólares o cualquier otra moneda extranjera que decidan las partes.

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Cómo se pactarán los alquileres desde ahora

Junto a la derogación de la Ley de Alquileres, el DNU publicado en el Boletín Oficial establece el nuevo conjunto de normas para las locaciones de inmuebles para residencia.

alquileres milei
Javier Milei eliminó la Ley de Alquileres por decreto: los pro y los contra de la derogación.

Javier Milei eliminó la Ley de Alquileres por decreto: los pro y los contra de la derogación.

El abogado Sebastián Domínguez resumió los nueve puntos más importantes:

  • Plazo de alquiler: se vuelve al esquema de 2 años de contratos.
  • Dolarización de alquileres: se puede acordar en cualquier moneda.
  • Ajustes del valor: se podrá actualizar bajo cualquier índice (inflación, dólar, salarios, etc).

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Alquileres: las 10 claves para entender

El decreto de necesidad y urgencia denominado "Bases para la Reconstrucción de la Economía Argentina" amplía los fundamentos por los cuales Javier Milei tomó la determinación de desregular el mercado de alquileres inmobiliarios.

  1. Las partes podrán fijar las condiciones de los contratos sin límites del Estado más allá de lo que establece el Código Civil y Comercial.
  2. El contrato se puede realizar en cualquier moneda.
  3. El inquilino tiene que pagar en la moneda pactada.
  4. Los jueces no pueden cambiar la moneda pactada.
  5. Se puede pactar cualquier tipo de actualización.
  6. El contrato se puede realizar por cualquier plazo. No rige más un plazo mínimo del contrato.
  7. El locador deja de tener la obligación de pagar las mejoras introducidas por el locatario. Salvo que acuerde hacerlo.
  8. El locador puede rescindir el contrato por cualquier incumplimiento del mismo y no solamente por las tres causales que contemplaba el Código Civil y Comercial.
  9. El locatario ya no puede rescindir el contrato si el inmueble no queda apto para uso y goce cuando él mismo haya ocasionado el daño en forma directa o indirecta.
  10. Resolución Anticipada del contrato en cualquier momento, pagando el 10% del monto de los alquileres hasta el fin del contrato. Por ejemplo, ya no debe esperar el inquilino que pasen 6 meses desde la firma del contrato para rescindir.