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Cambios en el monotributo: los nuevos montos y categorías ya son oficiales

El Gobierno publicó en el Boletín Oficial los nuevos montos y categorías del monotributo. Conocé los detalles, acá.

El Gobierno Nacional formalizó mediante el Decreto 661, publicado en el Boletín Oficial y firmado por Javier Milei, Diana Mondino y Luis Caputo, los esperados cambios en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, conocido como monotributo.

Estas modificaciones, que entrarán en vigor el 1° de agosto, incluyen nuevas escalas y topes para cada categoría, así como ajustes en las cuotas impositivas, de seguridad social y obra social.

Nuevas escalas y topes del Monotributo

Según lo establecido en el decreto, las actualizaciones de las categorías y topes se realizarán en enero y julio de cada año, ajustadas por la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) suministrado por el INDEC. Una de las novedades más destacadas es la eliminación de la discriminación por categoría para actividades como obras, locaciones, prestaciones de servicios y venta de bienes.

Para conocer los montos y categorías vigentes, podés hacer clic acá.

LEER MÁS ► Clave para Monotributo: AFIP cambió la fecha límite para hacer la nueva recategorización

Incremento en las cuotas impositivas y sociales

Las cuotas impositivas, de seguridad social y obra social experimentarán aumentos significativos, oscilando entre el 278% y 510% para la impositiva, entre el 212% y 343% para la seguridad social, y entre el 212% y 214% para la obra social. Este ajuste significa que las cuotas a pagar variarán considerablemente, comenzando en $26.600 para la categoría “A” y alcanzando los $280.734 para la categoría “H”. Actualmente, estos montos oscilan entre $12.128 y $66.111.

Monotributo: AFIP
El Gobierno formalizó los nuevos montos y categorías del monotributo.

El Gobierno formalizó los nuevos montos y categorías del monotributo.

Recategorización y exclusión del régimen

Con la implementación de las nuevas escalas, los contribuyentes pueden iniciar el trámite de recategorización hasta el próximo viernes 2 de agosto. Este proceso es crucial para aquellos cuyos ingresos brutos hayan variado, asegurando que estén correctamente clasificados dentro del régimen.

El decreto también contempla que los contribuyentes que superen los límites máximos para su categoría permanezcan dentro del régimen, encuadrándose en la categoría “K” hasta la próxima recategorización semestral. Asimismo, aquellos que hubieran renunciado al régimen, pero continúen con su actividad podrán volver a adherirse en cualquier momento, siempre que cumplan con las condiciones estipuladas.