La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) otorga varias ayudas a miles de argentinos. En este caso, a los titulares de la Prestación por Desempleo el organismo otorga un bono extra.
Para recibir los beneficios de esta prestación, los solicitantes deben cumplir una serie de requisitos establecidos por la ANSES, que otorgará una ayuda económica en cuotas mensuales de hasta $32.175.
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La Prestación por Desempleo de la ANSES está dirigida a los trabajadores en relación de dependencia que han sido despedidos sin justa causa, por la finalización de su contrato o por causas externas, y que se encuentren comprendidos en la Ley de Contrato de Trabajo N.º 24.013.
Durante el mes de marzo, la prestación por desempleo entregada por la ANSES tendrá un haber mínimo de $19.305 y un haber máximo de $32.175, los cuales serán otorgados a los beneficiarios mientras buscan una nueva oportunidad laboral.
Cómo solicitar la Prestación por Desempleo de ANSES
- Trabajadoras/es permanentes: se requiere haber trabajado al menos 6 meses con aportes durante los últimos 3 años previos al despido o finalización del contrato.
- Trabajadoras/es eventuales y de temporada: se requiere haber trabajado menos de 12 meses en los últimos 3 años, pero más de 90 días en el último año previo a la finalización del trabajo.
Una vez cumplidos estos requisitos, es necesario solicitar un turno en una oficina de ANSES o ingresar a la página web oficial del organismo mediante Mi ANSES.
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Quiénes no pueden pedir esta ayuda
ANSES comunicó que los siguientes grupos no pueden acceder a la Prestación por Desempleo:
- Personas que no han realizado aportes al Fondo Nacional de Empleo.
- Aquellos que perciban prestaciones previsionales (excepto pensiones directas o derivadas de carácter contributivo).
- Beneficiarios de Programa Jefes de Hogar, Programas de Empleo o cualquier otra prestación no contributiva (excepto beneficiarios de Pensión Vitalicia -Ex Combatientes del Atlántico Sur, Ley N° 23.848.
- Personas contratadas para una pasantía.
- Quienes perciban otra retribución o ingreso por cualquier actividad desempeñada.
- Quienes hayan renunciado o cesado en la relación laboral de mutuo acuerdo con el empleador o los que hayan optado por el retiro voluntario.
- Las personas que formen parte de servicios domésticos, administración pública nacional, provincial y municipal, establecimientos privados de enseñanza (Ley Nº 13.047), personal docente de la educación superior de instituciones universitarias privadas reguladas de conformidad con la Ley N° 24.521.






