Una adolescente de 13 años con discapacidad murió en los primeros días de abril cuando estaba en custodia del Estado por una medida excepcional de protección. El fallecimiento se produjo el 1° o 2 de abril pasado, en los Hogares con Centro de Día Santa Cecilia, en la localidad de Carrizales, a unos 65 kilómetros de Rosario. La gravedad de lo ocurrido motivó un pedido de informes en la Cámara de Diputados de la provincia, presentado por la diputada Agustina Donnet y el diputado Rubén Giustiniani, del bloque Igualdad.
La vida y la integridad de una adolescente separada de su familia por una medida excepcional son responsabilidad del Estado y en la institución -que aloja niñas, niños y adolescentes con discapacidad a través de un convenio con la provincia- hubo un episodio anterior de violencia hacia un nene de 10 años, que sufrió una lesión ósea en el hombro en una “maniobra de contención”. La investigación está a cargo del fiscal Leandro Lucente, de San Lorenzo, a raíz de una presentación de la Defensoría de Niñas, Niños y Adolescentes.
Con respecto a lo ocurrido con la niña muerta, Donnet y Giustiniani quieren saber “si es verdad que en momentos previos al deceso se produjo una persecución a la menor por parte de uno o más operadores de la institución motivada por la retención de parte de la niña de algún objeto”.
En su segundo punto, el proyecto pregunta “si es verdad que más tarde la adolescente N.R., quien se habría encontrado en perfecto estado de salud, fue hallada sin vida, boca abajo en su cama”. La tercera consulta es “si es verdad que la causa de muerte fue certificada por el mismo médico que prestaba servicios habitualmente en el hogar y que la causa consignada habría sido ‘muerte súbita’".
Además de saber cómo cumplió el Estado con su deber de custodia, los legisladores indagan si “una vez conocido el hecho, la Secretaría inició acciones judiciales en miras a esclarecer las circunstancias de la muerte”. El punto 6 del pedido de informes es sobre el estado de la causa, y quieren saber “si se ha realizado la autopsia”.
Lo que subyace es la sospecha de un posible caso de maltrato en la institución, que ya tiene el antecedente de otro niño durante esta misma gestión. Por eso, se pide saber “qué investigación administrativa se llevó o se está llevando a cabo por parte de la Secretaría de Niñez de Santa Fe para determinar si eran habituales escenas de ‘corridas o persecuciones’ que pudieran configurar maltrato infantil”. El pedido de informes fue presentado el 16 de mayo, pero todavía no ha sido analizado en comisión y tampoco en el recinto.
Los Hogares con Centros de Día Santa Cecilia forman parte de una red de instituciones privadas, y también tiene residencias en Rosario, Roldán, Díaz y Uranga.
Tras la muerte de la adolescente -cuyas causas deberá establecer la Justicia-, Donnet y Giustiniani preguntaron a Niñez “si se han tornado medidas de resguardo y contención de los y las niñas alojadas en esa institución”, como así también si la Secretaría solicitó “medidas precautorias respecto al personal actuante en el momento del fallecimiento” y “si existe un protocolo específico para determinar responsabilidades ante un hecho de máxima gravedad corno la muerte de una persona menor de edad alojada en una institución por el Estado para garantizar la protección integral de sus derechos”.
Después de este episodio, la Secretaría de Niñez ratificó el convenio con la institución y no tomó ninguna medida para proteger a niñas, niños y adolescentes que están alojados allí. En algún momento, circuló entre quienes trabajan en la Secretaría la información de que se suspendieron nuevos ingresos, pero no hubo confirmación oficial de parte de las autoridades.
El pedido en la cámara baja recuerda que la Ley 12.967 de Protección integral de Derechos de Niñas, niños y Adolescentes, en su artículo 32, establece que la Secretaría de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia es la autoridad de aplicación del Sistema Provincial de Promoción y Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes.
De acuerdo a lo establecido en las leyes nacionales y provinciales, las "medidas de protección excepcional'' proceden cuando existe una grave vulneración de derechos de una niña, niño o adolescente originada en su grupo familiar conviviente, por lo cual el Estado interviene en resguardo de la persona menor de edad, alojándola en forma transitoria en un dispositivo institucional acorde a sus necesidades.
El pedido de informes subraya que “las condiciones materiales concretas en que se aplican los postulados teóricos suelen estar lejos de lo óptimo”. Falta de presupuesto, escasez de personal especializado, prolongación de las medidas de protección fuera del plazo de 180 días establecido por ley y situaciones de violencia en los hogares donde son alojadas estas niñas, niños y adolescentes son algunas de las falencias que ya se han denunciado sobre el funcionamiento de Niñez.




