Violencia digital en San Justo: qué dice la ley sobre las imágenes creadas con inteligencia artificial y difundidas entre adolescentes

Tras el caso en San Justo donde un adolescente creó imágenes de desnudos de seis chicas con inteligencia artificial, una especialista en Derecho Penal explicó los grises legales que existen frente a la violencia digital y advirtió que la legislación avanza detrás de la tecnología.

Tras el caso en San Justo donde un adolescente creó imágenes de desnudos de seis chicas con inteligencia artificial, una especialista en Derecho Penal explicó los grises legales que existen frente a la violencia digital. (Imagen ilustrativa).

Tras el caso en San Justo donde un adolescente creó imágenes de desnudos de seis chicas con inteligencia artificial, una especialista en Derecho Penal explicó los grises legales que existen frente a la violencia digital. (Imagen ilustrativa).

El caso de San Justo, donde un adolescente de 14 años utilizó inteligencia artificial para crear imágenes falsas de desnudos de seis chicas y luego las viralizó, volvió a poner el foco sobre los límites de la legislación frente a este tipo de violencia digital.

En diálogo con AIRE, la especialista en Derecho Penal y Derecho Informático, Mariana Oroño, analizó las dificultades que enfrenta la Justicia ante estas situaciones y sostuvo que la legislación todavía no contempla de manera específica muchas de las conductas que pueden cometerse mediante inteligencia artificial. “La ley va atrás no solo de la tecnología, que es un fenómeno sumamente cambiante, sino de la realidad misma”, explicó Oroño.

El caso de San Justo y los grises de la legislación

La abogada señaló que el problema no se limita a la aparición de nuevas tecnologías, sino también a que estas modifican la forma en que pueden cometerse delitos que ya están contemplados por la legislación.

La inteligencia artificial puede utilizarse, por ejemplo, para cometer estafas o realizar amenazas, pero también permite generar contenidos que hace pocos años eran técnicamente mucho más difíciles de producir.

La abogada señaló que el problema no se limita a la aparición de nuevas tecnologías, sino también a que estas modifican la forma en que pueden cometerse delitos que ya están contemplados por la legislación.

La abogada señaló que el problema no se limita a la aparición de nuevas tecnologías, sino también a que estas modifican la forma en que pueden cometerse delitos que ya están contemplados por la legislación.

Oroño explicó que la última modificación importante vinculada con los delitos informáticos en Argentina fue sancionada en 2008, mucho antes de la expansión de las herramientas de inteligencia artificial generativa que hoy están disponibles para cualquier usuario.

“Tenemos que usar un poco la imaginación para que estas conductas no queden impunes”, sostuvo la especialista, al referirse al trabajo que deben realizar abogados y fiscales frente a situaciones que todavía no tienen un encuadre penal específico.

Violencia digital: qué pasa cuando las víctimas son adolescentes

La situación adquiere una dimensión particular cuando las víctimas son menores de edad. En los casos de difusión de imágenes íntimas sin consentimiento, uno de los problemas que puede aparecer es el encuadre de la conducta como un delito de injurias.

Oroño explicó que la injuria es un delito de acción privada, por lo que la víctima debe impulsar la acción judicial con un abogado particular. Esto implica que, además de atravesar la situación de violencia digital, la familia debe afrontar el proceso para llevar adelante una querella.

La especialista mencionó como antecedente un caso ocurrido en San Jerónimo Sud, donde la difusión de imágenes de mujeres terminó siendo abordada judicialmente como un delito de injurias.

También señaló que en Córdoba se utilizó otro criterio para un caso de características similares, al considerar las consecuencias psicológicas como lesiones graves agravadas por violencia de género.

La especialista mencionó como antecedente un caso ocurrido en San Jerónimo Sud, donde la difusión de imágenes de mujeres terminó siendo abordada judicialmente como un delito de injurias.

La especialista mencionó como antecedente un caso ocurrido en San Jerónimo Sud, donde la difusión de imágenes de mujeres terminó siendo abordada judicialmente como un delito de injurias.

Cómo se pueden eliminar las imágenes de internet

Una de las dificultades para las víctimas es que el contenido puede continuar circulando incluso después de iniciada una causa. En esos casos, Oroño explicó que la Justicia puede intervenir para intentar frenar esa difusión.

También puede solicitarse a Google la desindexación de las imágenes, para que dejen de aparecer entre los resultados de búsqueda asociados a la persona afectada. Estas herramientas pueden utilizarse tanto cuando las víctimas son menores como cuando son mayores de edad, siempre que se trate de contenido íntimo difundido sin consentimiento.

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Prevención y una legislación que necesita actualizarse

Para Oroño, la respuesta también debe incluir la prevención en las escuelas. En ese sentido, destacó la sanción en Santa Fe de la Ley Ema, que incorpora contenidos sobre ciudadanía digital, privacidad, consentimiento y violencia digital.

La especialista también señaló que Santa Fe modificó en 2024 su Código de Faltas para sancionar la creación y difusión de imágenes íntimas sin consentimiento, aunque consideró que las multas son insuficientes. Por eso, remarcó la necesidad de actualizar el Código Penal para contemplar las nuevas formas de violencia vinculadas con la inteligencia artificial.

El caso de San Justo expone así uno de los principales desafíos para la Justicia: responder frente a una tecnología que avanza más rápido que la legislación.

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