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Versiones cruzadas por la organización de un recital en Santo Tomé

La Municipalidad de Santo Tomé afirma que se dispuso la suspensión de un recital que se realizaba el martes 16 de febrero en un predio en la zona de barrios privados alegando falta de autorización. Desde la organización, en cambio, aseguraron que el evento se realizó con los protocolos correspondientes y que contaban con el aval municipal para hacerlo. Los documentos.

El último martes del feriado de carnaval se iba a realizar la tercera presentación de grupos musicales en el predio denominado como “Nogadel” ubicado a la vera de la autopista Rosario – Santa Fe, entre la capilla “Nuestra Señora del Rosario” y el complejo residencial “El Paso”.

La empresa desarrolladora del evento presentó el día 12 de enero el pedido de autorización correspondiente para la realización de las actividades los días 8, 12, 13, 15, 20, 21, 25, 27 y 28 de febrero, detallando el procedimiento del mismo y los protocolos a aplicar.

Esta autorización según el expediente correspondiente, en foja 5, cuenta con la aprobación de la Dirección de Asuntos Legales […] esta dirección no encuentra objeciones para la realización de eventos, remarcando el debido cumplimiento de protocolos y disposiciones mencionadas […]. Así mismo figuran también el visto bueno de la oficina de Higiene y Seguridad y la Secretaría de Gobierno.

La primera modificación se da el 15 de febrero, día en el que según los organizadores del recital “recibimos las inspecciones correspondientes y estaba todo preparado para desarrollar otra jornada como las anteriores, pero a causa de las condiciones climáticas nos vimos obligados de manera preventiva a la postergación de la actuación del grupo musical para el día martes”.

Según afirma el municipio santotomesino, el martes por la tarde se hacen presentes efectivos policiales junto con el personal municipal para suspender el evento debido a las denuncias registradas, fundamentando que la fiesta no contaba con la autorización correspondiente y no cumplía con los protocolos necesarios, labrando además un acta de infracción.

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En referencia a la intervención de la Municipalidad, Virginia Monzón, directora de Seguridad Ciudadana y Policía, destacó que “es fundamental para el cuidado de la ciudadanía que estos eventos cuenten con las medidas de seguridad obligatorias, estos requisitos que se piden para la autorización de estos eventos se solicitan en el marco de pandemia que estamos atravesando”.

Controversia

Los organizadores concurrieron el jueves a realizar el descargo correspondiente, en donde son notificados que en resolución interna número 05/2021 elaborada el miércoles 17 de febrero (día posterior a la suspensión del evento), se revocó la autorización otorgada previamente, en donde dentro de los justificados se enuncia que “no se cumple con lo dispuesto por la Ordenanza N° 2863/11 (Espectáculos Públicos), y además se alude al acta de infracción elaborada, en donde según el escrito no se contaba con autorización ni se cumplían los protocolos Covid-19 en lugares comunes”.

La empresa organizadora presentó una nota en referencia a los registros municipales MU 0050-00090445-8 y MU0050-00089475, 8 y resolución interna 05/2021, en la que se plantea “el modo ilegal e ilegítimo con el cual se revocó la autorización previamente otorgada”. En el escrito, además, se argumenta que “el elemental derecho de defensa exige que previo a la sanción de revocación de la autorización se me de posibilidad de descargo”.

Describe también que no se puede revocar lo que no fue otorgado, en referencia a los fundamentos de acta de infracción del día 16 de febrero donde se argumenta que el evento no posee autorización, "y un día posterior mediante, resolución interna, se realiza una revocatoria de una autorización que en teoría yo no contaba".

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El escrito de los organizadores también señala la “inexistencia absoluta de constancia y/o denuncia de vecinos a las que se hace referencia” y también se explica que si mediante el correcto relevamiento y con los instrumentos adecuados se hubiese medido el volumen del sonido y este hubiese estado por encima de lo permitido, sería motivo de infracción, pero en los días previos, según la versión de la empresa, se llevaron adelante las mediciones correspondientes, adecuándose las mismas a reglamento.

Para concluir dentro de otros de los puntos resaltados, destaca que se probara en el momento procesal oportuno el cumplimiento de los protocolos exigibles, como así también la contratación de la ambulancia (servicio médico).