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Actualidad familia | Argentina |

Nueva Ley de Sucesiones: los escenarios donde la familia no hereda pese a la existencia de un testamento

Descubrí los motivos legales por los cuales un testamento puede quedar sin efecto en Argentina y qué sucede con los bienes familiares ante esta nueva normativa.

El marco legal que rige las sucesiones en Argentina está dictado por el Código Civil y Comercial (CCyC). Esta normativa es la que define tanto los requisitos de validez para los testamentos como los pasos a seguir para que el patrimonio de un fallecido sea transferido a sus sucesores, respetando la voluntad del causante o lo que la legislación impone por defecto.

A pesar de que una persona deje sus deseos por escrito, existen situaciones específicas donde el testamento se declara inválido. Cuando esto ocurre, el sistema legal activa la sucesión intestada, un proceso que busca proteger los derechos de los herederos legítimos mediante un orden de prioridad basado en la cercanía del parentesco.

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La distribución de la herencia en el marco legal argentino

Según el CCyC, existen dos modalidades principales para gestionar una sucesión:

  • Sucesión por testamento: se da cuando el difunto ha redactado un documento válido expresando cómo desea repartir sus bienes. No obstante, esta voluntad no es absoluta: existe la legítima hereditaria, que es una porción mínima de los bienes que la ley asegura obligatoriamente a los "herederos forzosos" (hijos, padres y cónyuge).
  • Sucesión intestada: este mecanismo se pone en marcha cuando no existe un testamento, cuando el documento es declarado nulo o cuando el mismo no incluye la totalidad de los bienes del fallecido. En estos casos, es la ley la que define los beneficiarios y las proporciones correspondientes.
Trámites sucesorios el orden de prioridad para heredar según el Código Civil.
Trámites sucesorios el orden de prioridad para heredar según el Código Civil.

Trámites sucesorios el orden de prioridad para heredar según el Código Civil.

Causas de invalidez de un testamento

Basándose en los artículos 2462 y 2531 del Código Civil y Comercial, un testamento puede quedar sin efecto por los siguientes motivos:

  • Defectos formales: el incumplimiento de las solemnidades que exige la ley para su redacción.
  • Violación de prohibiciones: cuando el contenido contradice normativas legales vigentes.
  • Privación de la razón: si el testador no estaba en pleno uso de sus facultades mentales al momento de redactar el documento (quien impugne el testamento debe probar esta condición).
  • Incapacidad judicial: si el otorgante ya había sido declarado incapaz mediante una sentencia judicial.
  • Limitaciones de comunicación: se considera inválido si el testador tiene dificultades para comunicarse oralmente y no sabe leer ni escribir, a menos que el testamento se realice mediante escritura pública y cuente con un intérprete oficial.
  • Vicios del consentimiento: si el acto fue realizado bajo error, dolo (engaño) o violencia.

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El orden de prioridad en la sucesión intestada

Cuando la justicia determina que la sucesión debe ser intestada (artículo 2340 del CCyC), se sigue un estricto orden jerárquico para el llamado de los herederos:

  • Descendientes: son los primeros en la línea y su presencia excluye a otros herederos.
  • Ascendientes: solo acceden a la herencia si el fallecido no dejó descendientes.
  • Cónyuge: posee el derecho de heredar de forma concurrente con los descendientes o ascendientes, según la situación familiar.
  • Colaterales: heredan únicamente en ausencia total de descendientes, ascendientes y cónyuge.

¿Qué sucede si no hay herederos? Si no existen familiares dentro de los grados mencionados ni legatarios, los bienes se declaran como herencia vacante y pasan a ser propiedad del Estado. Si apareciera un heredero con posterioridad, este deberá iniciar una "petición de herencia" y recibir los bienes en la condición en que se encuentren al momento del reclamo.