Multaron a un médico en Córdoba por usar anteojos con cámara en una consulta ginecológica
La Justicia le impuso el pago de $900.000 y un curso obligatorio. Trató a la paciente de "nena" y atendió con lentes capaces de filmar sin previo aviso.
La Justicia cordobesa sancionó a un ginecólogo por comentarios descalificantes y el uso de lentes inteligentes en la consulta.
La Justicia de Córdoba sancionó a un médico por el trato inapropiado hacia una paciente durante una consulta ginecológica sobre congelamiento de óvulos. El profesional deberá abonar una multa de 900.000 pesos y cursar una capacitación obligatoria en cuestiones de género por cometer maltrato agravado.
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El titular del Juzgado de Control y Faltas N.º 7 de Córdoba, José Milton Peralta, revocó la absolución previa que había dispuesto la Unidad Contravencional de Género. De esta manera, el magistrado declaró al médico responsable de infringir las normas establecidas en el Código de Convivencia Ciudadana provincial.
La denuncia contra el médico de Córdoba
La denuncia inicial advertía supuestos contactos físicos indebidos, la falta de auxiliares en el consultorio y el uso sospechoso de lentes inteligentes. Aunque el juez descartó los tocamientos por falta de pruebas y aclaró que no era obligatorio tener un asistente, consideró comprobada la violencia verbal del especialista.
El fallo dio por acreditado que el médico la llamó "nena" y "nenita" a lo largo de la consulta médica. Además, el profesional lanzó una expresión descalificante durante la atención ginecológica: "Tenés los ovarios de una pendeja". El magistrado remarcó el carácter infantilizante y degradante de esas palabras.
La resolución judicial también cuestionó el uso de lentes inteligentes Ray-Ban Meta durante la práctica médica. El profesional utilizó estos dispositivos con capacidad para sacar fotos y grabar videos sin alertar previamente a la paciente sobre sus funciones, generando una situación de profunda intranquilidad en el consultorio.
Si bien la causa no comprobó la captura de imágenes o filmaciones, el juez remarcó que el uso encubierto de esa tecnología comprometió la intimidad de la mujer. La conducta provocó inseguridad y quebrantó el deber de respeto, confianza y trato digno previsto en la Ley de Derechos del Paciente.





