La Corte Suprema de Justicia revocó la absolución de una mujer que había llevado drogas a la alcaidía donde estaba detenido su hijo, en el palacio de tribunales de Trelew. La decisión fue tomada por los jueces del máximo tribunal y la convocatoria de dos conjueces.
El 22 de mayo del 2020, Jaqueline Elizabeth Tomich intentó entregarle a su hijo, Rodrigo Lacunza, detenido en el pabellón de la alcaidía policial de tribunales de Trelew, tres envoltorios de marihuana escondidos en el tubo de un rollo de papel higiénico. La conducta de la mujer fue detectada y frustrada por la policía.
La Corte Suprema de Justicia revocó la absolución de una mujer que había llevado drogas a la alcaidía donde estaba detenido su hijo
alcaidía policial de tribunales de Trelew
En su declaración, la mujer dijo que era inocente: que una amiga de su hijo le entregó el papel higiénico que ella había llevado, sin saber que uno de ellos tenía la droga secuestrada.
En su declaración, la mujer dijo que era inocente: que una amiga de su hijo le entregó el papel higiénico que ella había llevado, sin saber que uno de ellos tenía la droga secuestrada.
El Tribunal Oral de Comodoro Rivadavia la condenó a seis meses de prisión efectiva (porque tenía antecedentes penales) como autora de suministro gratuito y ocasional para consumo. Afirmó que la versión que había dado la mujer era contraria a la lógica.
Sin embargo, la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal casó la sentencia impugnada y la absolvió por el principio de “in dubio pro reo” (“en caso de duda, a favor del reo"). Según los jueces Alejandro Slokar y Ángela Ledesma, la prueba reunida no era suficiente para desacreditar la versión exculpatoria y se destacó que “son las mujeres (madres, amigas, cónyuges, hermanas, etc) quienes mayormente se hacen cargo de asistir a las personas detenidas”. En disidencia, el juez Guillermo Yacobucci afirmó que el argumento de la ignorancia no podía aplicarse. “Tomich tenía experiencia previa, sabía que su hijo era consumidor de drogas y que los objetos que se pretenden ingresar a un centro penitenciario están sujetos a inspección. En esas condiciones aceptar encargos de personas desconocidas sin haber verificado ni siquiera la identidad, ni conocer el contenido, entiendo que constituye una estrategia de defensa para mejorar” su situación procesal, dijo.
El fiscal general Raúl Plee apeló la resolución y dijo que la interpretación de la mayoría de Casación había sido una interpretación “parcial y antojadiza de la prueba”. También recordó que en la causa se secuestró que en la casa de la acusada una hoja de papel doblada con restos de marihuana y una bombilla más tubos metálicos con restos de estupefacientes”. El Procurador General interino Eduardo Casal respaldó el planteo.
Los jueces Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti, junto a los conjueces Mariana Catalano (Cámara Federal de Salta) y Juan Perozziello Vizier (Cámara Civil y Comercial), tomaron los argumentos de la Procuración y los hicieron suyos, por lo que se hizo lugar a la queja, se declaró procedente el recurso y se dejó sin efecto la sentencia. El juez Carlos Rosenkrantz votó en minoría por rechazar por inadmisible la presentación. Ahora, otra sala de Casación deberá dictar un nuevo pronunciamiento.