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Actualidad Córdoba | Corte Suprema |

La Corte Suprema anuló la cadena perpetua de una mujer que había asesinado a su bebé

El hecho ocurrió en 2021 en la provincia de Córdoba. El niño tenía un año y nueve meses.

La Corte Suprema anuló la condena a prisión perpetua a una mujer por el homicidio de su bebé de un año y nueve meses, porque consideró que en el proceso judicial faltó un examen "exhaustivo" de los argumentos presentados por la defensa de la madre del niño que murió en octubre de 2011, en la ciudad de Córdoba.

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Corte Suprema de Córdoba

Corte Suprema de Córdoba

Por este motivo, los jueces de la Corte definieron que quedaba anulada la sentencia de primera instancia y la causa debe volver "al tribunal de origen para que se dicte un nuevo fallo".

De esta manera, los jueces hicieron lugar a la defensa de Maribel Alejandra Soledad Barrera, la mamá del niño, quien estaba embarazada de ocho meses cuando murió su hijo, y convivía con su novio, Marco Soria, y otra hija de 4 años, en el barrio Remedios de Escalada, al norte de la ciudad de Córdoba.

El juez de primera instancia había sentenciado que Soria golpeó al bebé -Mateo Ezequiel Barrera- en el pecho, cuello y abdomen, causándole una falla multiorgánica y la muerte, que era lo que determinó la autopsia. Y dos años más tarde, un tribunal con jurado popular condenó a la pareja a prisión perpetua. Sobre Barrera, por los delitos de "homicidio calificado por el vínculo", ya que el tribunal entendió que había consentido la conducta de su pareja y omitió llevar al bebé al médico.

En este punto, la defensa de la mujer expuso durante el juicio que no se había probado la existencia de un acuerdo intencional para cometer el homicidio. También, negó que supiera de los golpes que había sufrido su hijo, y que se había ignorado su "historia de vulnerabilidad".

Este martes, la Corte Suprema sostuvo que el derecho de recurrir el fallo ante "el juez o tribunal superior implica garantizar una revisión integral, exhaustiva y amplia de la sentencia condenatoria, de conformidad con los planteos del impugnante presentados en tiempo, forma y modo".