La Junta de Fiscales del Ministerio Público de la Acusación de Santa Fe expresó este viernes su rechazo a la resolución de que dictó la Corte Suprema de Justicia provincial que permite a la Legislatura provincial tener un control y seguimiento del desempeño de los fiscales. Mediante un comunicado que lleva la firma del fiscal general, Jorge Baclini, y los cinco jefes regionales, Carlos Arietti ( Santa Fe); María Eugenia Iribarren (Rosario); Matías Merlo ( Venado Tuerto); Rubén Martínez (Reconquista); y Diego Vigo (Rafaela), emitieron su postura sobre el fallo resuelto por los ministros del máximo tribunal santafesino: Rafael Gutiérrez, Angélica Gastaldi, Eduardo Spuller; Roberto Falistoco; Daniel Erbetta; y Mario Netri. Estos dos últimos votaron en contra del planteo judicial.
Según los jefes de fiscales, la resolución "conforma un menoscabo a la independencia y "autonomía del órgano" encargado de la persecución penal y que entró en vigencia a partir del 10 de febrero del 2014, cuando comenzó a funcionar el Ministerio Público de la Acusación, organismo encargado de tramitar las investigaciones penales.
"Se ratifica las diferentes manifestaciones realizadas en oportunidad de sancionarse las leyes provinciales números 13.695 y 13.807, en tanto modificaron el régimen disciplinario de Fiscales y Fiscales Adjuntos originario previsto en la ley provincial número 13.013", resaltó en el comunicado la junta de fiscales provinciales.
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"Es importante destacar la coincidencia con lo manifestado por tres miembros de la CSJSF al momento de exhortar al Poder Legislativo a considerar y concretar disposiciones que doten al sistema disciplinario de una mayor claridad y previsibilidad, fortaleciendo así la autonomía funcional del MPA", indicaron desde el MPA.
El planteo de inconstitucionalidad –que fue rechazado este martes por la Corte- y al que hace mención la junta de fiscales, fue iniciado por el fiscal Adrián Spelta, que fue jefe de la Unidad Homicidios de la Fiscalía Regional Rosario. La Auditoría General del MPA le había iniciado una investigación disciplinaria por su actuación en las excarcelaciones de Ema Pimpi Sandoval y su hermano Lucas, en acuerdo con el abogado defensor, a pesar de que estaban acusados de intento de homicidio contra tres personas y enfrentaban expectativa de penas importantes.
El comunicado de la Junta
La Junta de Fiscales del Ministerio Público de la Acusación que integran el Fiscal General, Jorge Baclini, y los cinco Fiscales Regionales: Carlos Arietti (Fiscal Regional 1 – Santa Fe); María Eugenia Iribarren (Fiscal Regional 2 – Rosario); Matías Merlo (Fiscal Regional 3 – Venado Tuerto); Rubén Martínez (Fiscal Regional 4 – Reconquista); y Diego Vigo (Fiscal Regional 5 – Rafaela) se reunió ayer y se pronunció acerca del reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe “SPELTA, ADRIÁN ALEJANDRO contra PROVINCIA DE SANTA FE – AMPAROS – sobre RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD”.
En virtud de lo dispuesto en los autos de referencia ante el recurso presentado oportunamente por el Poder Ejecutivo, destacamos una vez más que desde el MPA se mantiene y promueve el respeto por el Estado Constitucional de Derecho, las disposiciones constitucionales, las leyes vigentes y los fallos judiciales que se susciten.
Asimismo, luce pertinente señalar que el referido respeto no obstaculiza expresar una manifestación institucional contraria a la tesitura adoptada por la mayoría de los miembros de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe (CSJSF), pues lo resuelto conforma un menoscabo a la independencia y autonomía del órgano encargado de la persecución penal.
La Junta de Fiscales reitera y ratifica las diferentes manifestaciones realizadas en oportunidad de sancionarse las leyes provinciales números 13.695 y 13.807, en tanto modificaron el régimen disciplinario de Fiscales y Fiscales Adjuntos originario previsto en la ley provincial número 13.013.
Es importante destacar la coincidencia con lo manifestado por tres miembros de la CSJSF al momento de exhortar al Poder Legislativo a considerar y concretar disposiciones que doten al sistema disciplinario de una mayor claridad y previsibilidad, fortaleciendo así la autonomía funcional del MPA.
En síntesis, consideramos que, las modificaciones legislativas adoptadas por las leyes 13.695 y 13.807 y las decisiones jurisdiccionales que las sustentan implican un menoscabo en la independencia y autonomía del MPA.
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