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Anses prorrogó el trámite de "fe de vida" hasta el 31 de octubre

Este martes, la Anses extendió la prórroga del trámite de "fe de vida" a los jubilados y pensionados. Se trata de la cuarta prórroga consecutiva desde el inicio de la cuarentena. Es para "garantizar el cobro de las prestaciones de septiembre y octubre".

La Anses volvió a prorrogar el trámite de actualización de "fe de vida" de jubilados y pensionados, esta vez hasta el 31 de octubre, a efectos de garantizarles el cobro de las prestaciones de este mes y el próximo.

La decisión forma parte de las medidas que ha tomado la Anses en el marco de la pandemia, y se formalizó por medio de una resolución publicada este jueves en el Boletín Oficial.

https://twitter.com/ansesgob/status/1300080309271134208

Se trata de la cuarta prórroga consecutiva de este trámite desde el inicio de la cuarentena, el 20 de marzo último.

El organismo estableció también que los los beneficiarios que se encuentran fuera del país y que perciben sus haberes a través de la figura de "Banco Apoderado", podrán -en forma excepcional- presentar el certificado de supervivencia semestral ante e ese banco hasta el 31 de octubre de 2020.

Es la cuarta prórroga consecutiva de este trámite desde el inicio de la cuarentena, el 20 de marzo último.

Asimismo, dispuso que las entidades pagadoras conservan la responsabilidad del control de la supervivencia de los beneficiarios residentes en el territorio nacional y en el exterior.

Estas entidades -a partir del 1 de noviembre- deberán asegurar procedimientos -complementarios a los mecanismos presenciales- para dar cumplimiento a su deber de control de supervivencia, que no obliguen al beneficiario a presentarse físicamente en sucursal o centro pago.

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Anses extendió el trámite de supervivencia hasta el 31 de octubre.

Anses extendió el trámite de supervivencia hasta el 31 de octubre.

Además, la Anses determinó que las entidades pagadoras conservan la responsabilidad de rendir como impagos los fondos correspondientes a las liquidaciones posteriores al fallecimiento del beneficiario, en el marco de las operatorias vigentes.

Anses determinó que las entidades pagadoras conservan la responsabilidad de rendir como impagos los fondos correspondientes a las liquidaciones posteriores al fallecimiento del beneficiario, en el marco de las operatorias vigentes.

Para los fallecimientos ocurridos en los meses en los cuales se eximió a los beneficiarios de actualizar la supervivencia -marzo a octubre de 2020-, la responsabilidad de la entidad opera a partir de la notificación de la novedad de fallecimiento, según el texto oficial.

El organismo justificó esta nueva prórroga del trámite de supervivencia para el cobro de haberes previsionales al sostener que "resulta necesario continuar tomando medidas excepcionales y urgentes a fin de minimizar los riesgos de la salud pública".

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