El Ministerio de Salud provincial, a través de la Assal y la consecuente alerta alimentaria, prohibió el fraccionamiento, tenencia, transporte, comercialización y exposición en todo el territorio santafesino de los productos alimenticios rotulados “Leche en polvo entera instantánea fortificada con vitamina A y D, marca: Santa Elene., RNE: 025/08002320-3-7, lotes Nº 080822, 131022 y 141122”.
La resolución se tomó debido a que “los lotes analizados se encuentran adulterados (no se corresponde con el perfil de grasa láctea) lo cual encuadra en incidente alimentario de Clase II del Artículo 1415 del CAA”, agregaron desde esta agencia.
¿Qué significa un incidente alimentario de Clase II?
Dicha clasificación corresponde en el caso de aquellos incidentes en los que existe una probabilidad razonable de consecuencias adversas temporarias y/o reversibles en la salud de las personas que consuman el alimento.
Finalmente, la Assal verifica que los productos alimenticios cumplan con la legislación alimentaria vigente; que los rótulos cuenten con toda la información obligatoria; y que esa información sea cierta y correcta, a fin de brindar herramientas a los consumidores de alimentos garantizando la salud de todos.
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