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Transporte público: quién debe controlar las condiciones del servicio

Seis coches rotos y fuera de funcionamiento en una misma mañana, acusaciones cruzadas y falta de respuestas. Este miércoles, Aire de Santa Fe mostró cómo el mal estado de los colectivos atenta contra la seguridad de los pasajeros. Ante esta situación, nos preguntamos: ¿quién tiene el deber de controlar el funcionamiento del transporte público?

La Ordenanza 11580 del Gobierno de la Ciudad de Santa Fe es la que establece los criterios de funcionamiento del sistema de transporte público de pasajeros por colectivos. En su artículo 2 establece que “las facultades de regulación, fiscalización, supervisión, inspección y auditoría de la operación y mantenimiento del servicio, y de las instalaciones y bienes comprendidos y/o afectados a su prestación, estarán a cargo de la dependencia u organismo que establezca el Departamento Ejecutivo Municipal, y que en la presente ordenanza se denomina Autoridad de Aplicación, sin perjuicio de las facultades de fiscalización, supervisión y auditoría que son encomendadas al Órgano de Control creado por la presente ordenanza”.

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Pasando en limpio: la responsabilidad de controlar las condiciones en que las empresas concesionarias brindan el servicio está a cargo del Ejecutivo Municipal. El rol de auditoría, por su parte, corresponde al Órgano de Control, que, de acuerdo al artículo 22 de la citada Ordenanza, está conformado por tres miembros, personas que deben ser propuestas por el intendente y aprobadas por el Concejo Municipal.

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En la actualidad, esas personas son el Ing. Civil Juan F. Jaurena, la CPN Carolina Galluccio y el CPN Matías Alberto Battista.

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