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Medio ambiente | reparación |

Tendrá que donar 150 mil pesos al Cullen luego de provocar daños ambientales

La medida fue dispuesta en el marco de una probation que acordó un hombre de 38 años que manipuló elementos tóxicos para efectuar reparaciones de botes sin tomar las precauciones ni los cuidados pertinentes.

Un hombre de 38 años tendrá que donar al hospital José María Cullen una suma total de 150 mil pesos en concepto de reparación por haber ocasionado un daño ambiental. Se trata de E.J.A., quien acordó una probation en tribunales por una causa que se tramitó en la Fiscalía de Faltas del Ministerio Público de la Acusación (MPA) y que está a cargo de la fiscal María Laura Martí.

La medida, homologada por el juez Jorge Patrizi, también dispuso que el hombre deba cumplir una serie de reglas de conducta durante un año, entre las cuales se incluyen asistir a un curso acreditado sobre cuidado ambiental y realizar el saneamiento necesario del daño que generó.

El caso investigó cómo el acusado manipuló una serie de materiales tóxicos para reparar botes. Tal reparación se realizó sin tomar las medidas ni precauciones ni los cuidados pertinentes a la actividad desarrollada, lo cual provocó deterioro y desequilibrio al medio ambiente.

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María Laura Martí, fiscal del área de Faltas.

María Laura Martí, fiscal del área de Faltas.

Según reveló la investigación que encabezó la fiscal Martí, las contravenciones se dieron de en distintas oportunidades y fueron cometidas hasta el 4 de enero del año pasado en un domicilio ubicado en Pasaje Cervantes al 3700.

Por el caso personal de la municipalidad de Santa Fe y de la división de Delitos Ambientales de la Agencia de Investigación Criminal, realizaron un procedimiento en un inmueble en el que funcionaba en ese entonces una especie de astillero, que no tenía licencia ni permiso para funcionar, indicaron desde la Fiscalía.

Mediante un comunicado de la Oficina de Prensa del organismo judicial, la fiscal aclaró que la audiencia de suspensión de juicio a prueba fue por la autoría de las contravenciones indicadas en los artículos 57; 61; 135 y 137 del Código de Convivencia de la provincia de Santa Fe: incumplimiento de los mandatos legales, negocios no autorizados o prohibidos, utilización indebida de productos peligrosos y atentados contra los ecosistemas.