Proponen multas de hasta $800 mil y clausuras a comercios que vendan vapeadores a menores en Santa Fe
Un proyecto de ordenanza en Rosario plantea endurecer las sanciones económicas, inhabilitaciones y el cierre temporal de locales.
Un proyecto en el Concejo Municipal busca sancionar con fuertes multas y clausuras la venta de vapeadores a menores de 18 años.
Una iniciativa legislativa presentada en el Concejo Municipal de Rosario busca castigar con multas de hasta 800 mil pesos y clausuras de hasta 20 días a los comercios que comercialicen cigarrillos electrónicos, vapeadores o productos con y sin nicotina a menores de 18 años.
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El proyecto ingresó al cuerpo parlamentario días después de que aprobaran, por unanimidad, un alivio en las penas a titulares de bares y locales de ocio que infrinjan las normas de espacios libres de humo.
La propuesta, elaborada por la concejala Carolina Labayru (Unidos), plantea reformas al Código de Convivencia local para fijar penalidades que oscilan entre 75 y 375 Unidades Fijas (UF) —con un valor de 2.092 pesos cada una en la actualidad— a quienes vendan, ofrezcan o suministren de forma gratuita dispositivos de inhalación de vapor o aerosoles a adolescentes y niños. A la sanción económica se suma la clausura preventiva del local por un plazo de 10 a 20 días.
Qué dice el proyecto de ley
El texto legislativo fija agravantes significativos ante faltas reiteradas en el expendio a menores de edad:
"En la primera reincidencia la multa será de 150 a 1.900 UF, más clausura de 20 a 30 días. En la segunda reincidencia, además de la sanción precedente, podrá disponerse la caducidad de la habilitación otorgada”, detalla el articulado.
La normativa proyectada también contempla sanciones para aquellos locales que omitan colocar cartelería clara y visible sobre la prohibición de fumar y de utilizar cigarrillos electrónicos para menores de 18 años. Del mismo modo, el esquema de multas alcanzará a los establecimientos que cuenten con máquinas expendedoras automáticas de cigarrillos, insumos derivados del tabaco o vapeadores dentro de sus instalaciones.
La propuesta de Labayru reabre una discusión parlamentaria que tuvo su último capítulo el jueves de la semana pasada, cuando el Concejo dio luz verde a una reducción en las penalidades a los titulares de locales comerciales y gastronómicos que no hagan respetar la prohibición de fumar en ambientes cerrados.
Aquella reforma, impulsada por el edil Lautaro Enriquez (La Libertad Avanza), suprimió la clausura inmediata frente a una primera falta o reincidencia. "Creemos que las sanciones eran excesivamente punitivas", argumentó Enriquez al defender el cambio, y remarcó: "La práctica del vapeo está naturalizada, sobre todo en la juventud pero también en gente grande, por eso queríamos flexibilizar las responsabilidades de los dueños de estos establecimientos, como bares, boliches y restaurantes, en los que pueden llegar a usarse estos dispositivos".
En julio de este año, el cuerpo legislativo ya había actualizado la histórica ordenanza Nº 8.021 —vigente desde 2006— para incluir formalmente a los cigarrillos electrónicos, calentadores de tabaco y vapeadores dentro de las restricciones de consumo y de publicidad en la ciudad. El nuevo expediente de sanciones ingresará en los próximos días a las comisiones de trabajo para iniciar el debate previo a su llegada al recinto.






