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En qué zonas de la ciudad de Santa Fe está habilitada la instalación de antenas

La ordenanza N° 12210 establece las zonas de la capital provincial en las que se pueden instalar los dispositivos, entre estas se destacan áreas céntricas, de centralidad y residenciales. En cambio, se prohíben en terrenos fiscales, zonas de seguridad hídrica, espacios verdes públicos y espacios verdes ribereños.

Este lunes, un grupo de vecinos del barrio El Tránsito de Santa Fe se manifestó para rechazar la colocación de una antena de telefonía celular en la zona. La instalación de antenas en la ciudad de Santa Fe está regulada a través de la ordenanza N° 12210, en esta norma se detallan no solo los requerimientos que deberán cumplimentar los dispositivos, sino que además se detalla el tipo de estructura y la zona en la cual se podrá instalar.

Los requerimientos tienen por objeto regular la instalación y mantenimiento de antenas de telecomunicaciones y de operaciones móviles, las estructuras de soporte y las instalaciones complementarias.

La ordenanza habilita la instalación de cinco tipos de antenas entre las que se diferencian las de contenedor, las de estructura soporte de antenas sobre edificios, aquellas que se ubican sobre pared y las de soporte de antenas tanto menores a 25 metros como superiores a esa dimensión.

A través del artículo 4° de la norma se establecen las zonas en las que se podrán o no ubicar cada dispositivo, las cuales fueron divididas como Sector I y II en el Reglamento de Ordenamiento Urbano a través de la ordenanza Nº 11.748.

El sector I es el área comprendida por Bulevar Pellegrini, calle Urquiza, Av. Gral López, Av. 27 de Febrero, Av. L. N. Alem y calle J.M. Belgrano. Además se incluyen los distritos residenciales con áreas consolidadas o en proceso de consolidación y características ambientales, con actividades y usos complementarios compatibles.

Las zonas de centralidad también fueron incorporadas en esta categoría, se trata de áreas con agrupamientos o concentraciones de usos terciarios de tipo administrativo, financiero, comercial y de servicios compatibles con el uso residencial, bajo configuraciones nodales o lineales.

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Los pedidos en torno a las instalaciones de las antenas se realizan en base a la cobertura que posean las empresas, una vez hecha  la solicitud de instalación en un determinado lugar se analiza que el lugar sea el correcto.

Los pedidos en torno a las instalaciones de las antenas se realizan en base a la cobertura que posean las empresas, una vez hecha la solicitud de instalación en un determinado lugar se analiza que el lugar sea el correcto.

En cambio el sector II está conformado por distritos de centralidad, áreas rurales, la zona de islas, el parque tecnológico, la ciudad puerto y terrenos privados.

La norma prohíbe la instalación de estructuras de soporte de antenas en terrenos fiscales, zonas de seguridad hídrica, espacios verdes públicos y espacios verdes ribereños.

Más allá de los requisitos técnicos que se deben cumplimentar, la habilitación de un dispositivo de esta naturaleza conlleva el trabajo coordinado en el que intervienen un importante número de áreas de la Municipalidad de Santa Fe y para la cual se toman en cuenta además leyes nacionales y provinciales. Desde la secretaría de Desarrollo Urbano, la secretaría de Medio Ambiente, Control y edificaciones privadas. Los controles se realizan tanto antes, durante, como después que las antenas empiezan a funcionar.

La ordenanza N°12210 se elaboró pensando en el rango de la seguridad de los ciudadanos y las zonas aledañas. “Lo que hace la Municipalidad es exigir la presentación de los estudios previos, evaluar si el sitio corresponde de acuerdo a lo establecido y que esté dentro de las restricciones que fija la normativa provincial y municipal, que pueden ser escuelas, clubes”, detalló el secretario de Medio Ambiente, Edgardo Seguro en diálogo con Aire Digital.

El funcionario explicó que los pedidos en torno a las instalaciones de las antenas se realizan en base a la cobertura que posean las empresas, una vez hecha la solicitud de instalación en un determinado lugar se analiza que el lugar sea el correcto. Además deberán realizarse estudios de radiación y de impacto ambiental. Una vez verificado y cumplimentados los requisitos, se autoriza la colocación de la antena y se exige ni bien comienza a funcionar el dispositivo la mediación de radiaciones, que en el país son muy exigentes.

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El municipio es responsable de evaluar los estudios de radiación y ambientales, así como los aspectos que rodean la construcción de la estructura en la que se ubicará la antena.

Más allá de lo que establezca el Reglamento de Ordenamiento Urbano, al momento de ingresar un pedido el expediente se evalúa a través de diferentes áreas para analizar el sitio elegido para instalar la estructura. “Si la zona está habilitada por el ROU es correcto, pero en caso de que se solicite instalarlo en una escuela, se niega el pedido.— especificó Seguro— Esto va más allá de la seguridad ambiental, son decisiones que tome el Ejecutivo en su momento y puso estas restricciones”.

Reclamo

El lunes un grupo de vecinos de barrio El Tránsito denunció irregularidades en la instalación de una antena de telefonía en Pasaje Romero al 8000. Allí indicaron que la obra comenzó repentinamente y sin ningún estudio previo de impacto ambiental y advirtieron que en caso de no tener respuestas de parte del municipio, cortarán avenida Blas Parera.

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Los vecinos se concentraron fuera del terreno y pidieron respuestas.

Los vecinos se concentraron fuera del terreno y pidieron respuestas.

Al respecto desde la Municipalidad de Santa Fe confirmaron a Aire Digital que la empresa responsable de llevar adelante los trabajos cuentan con la habilitación correspondiente y los requisitos cumplimentados para el avance de la obra. La zona en la que se ubicará la estructura está tipificada por el ROU como R3.

El proyecto fue evaluado y se constató que cumple con las normativas tanto a nivel provincial como local. Ante el reclamo de los vecinos, el municipio los convocó a una mesa de diálogo, iniciativa que fue rechazada por los manifestantes.

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