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El Club Naútico Sur elevó una propuesta a la Municipalidad para modificar el tapial que edificó sin permiso

Este miércoles venció el plazo de 72 horas que el municipio dio al Club Náutico Sur para demoler el tapial. El lunes, las partes mantuvieron un encuentro en el que las autoridades de la entidad elevaron una propuesta para modificar la edificación que será evaluada en los próximos 15 días hábiles por los equipos municipales.

La edificación se realizó sin permisos ni aviso de obra, por lo que el municipio otorgó 72 horas de plazo para detener y demoler la construcción. En ese momento, desde la entidad argumentaron que la construcción obedece a los robos que se registraron en el interior del predio.

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El lunes, autoridades del Club Náutico Sur y de la Dirección de Edificaciones Privadas del municipio mantuvieron un encuentro en el que se plantearon las propuestas y medidas que podrían llevar adelante.

"Ellos al día de hoy hicieron una propuesta. Lo que se va a hacer ahora es analizarla y determinar si encaja o no con la normativa vigente", explicó a AIRE Mauricio Costa, subdirector Ejecutivo de Edificaciones Privadas.

Al respecto, Costa aclaró que la propuesta tiene diferentes aspectos que van desde retirar algunos módulos y eliminar sectores así como instalar rejas en las cercanías del ingreso al club. Otra de las variables consiste en bajar la altura del muro y poner rejas.

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El proyecto será analizado en los próximos días hábiles en los cuales se buscará determinar cual es la mejor y cómo se puede adaptar. "Lo que proponen es mejora la situación actual, pero eso lo va a determinar el equipo técnico. Luego se dará una respuesta formal", recalcó Costa.

Por qué no se puede construir en ese espacio

Los trabajos se llevaron a cabo sin aviso ni permiso de obra. El reglamento de ordenamiento urbano y en sus apreciaciones puntuales indica que con respecto a las delimitaciones de los predios se eliminarán todos los elementos divisorios de predios o se efectuará su demarcación con cercos bajos que no signifiquen obstáculos visuales.

La ordenanza indica que sólo en casos debidamente justificados de privacidad se aceptarán cercos de mayor altura debiendo en ese caso materializarse los mismos con especies vegetales apropiadas para esta finalidad.