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Santa Fe Víctor Brusa | dictadura | Delitos de lesa humanidad

A 12 años del inicio de la Causa Brusa, el primer juicio de lesa humanidad de Santa Fe

La Causa Brusa fue el primer proceso realizado en la provincia de Santa Fe por crímenes cometidos durante la última dictadura. Fueron condenados el ex juez Víctor Brusa y cinco ex agentes de la Policía provincial. Actualmente Brusa cumple prisión domiciliaria.

El 1° de septiembre de 2009 comenzó el juicio oral contra el ex juez federal Víctor Hermes Brusa y cinco ex agentes de la Policía de Santa Fe por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura. Cuatro meses más tarde, el 22 de diciembre de ese año, se conoció la sentencia: los seis imputados resultaron condenados por el Tribunal Oral Federal. La llamada Causa Brusa fue el primer juicio de lesa humanidad realizado en la provincia de Santa Fe y marcó un antes y un después en materia de derechos humanos.

La reapertura de las causas por delitos de lesa humanidad fue posible a partir de la anulación de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final en el año 2003. En la provincia de Santa Fe los primeros juicios por crímenes de la dictadura comenzaron en 2009 (uno en la ciudad de Santa Fe y otro en Rosario) y continúan desarrollándose en la actualidad.

Los seis imputados fueron condenados por la Justicia. Brusa recibió una sentencia a 21 años de prisión por los ocho hechos de apremios ilegales (secuestros) por los que fue juzgado. En los sucesivos procesos que afrontó el ex juez federal (Causa Brusa II y secuestro de Daniel Osvaldo Gatti) también fue encontrado culpable y la Justicia unificó sus distintas condenas en una única sanción de 23 años de prisión. Brusa fue el primer funcionario judicial condenado por su participación directa en el terrorismo de Estado.

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En ese primer juicio también resultados condenados cinco ex policías que se sentaron junto a Brusa en el banquillo de los acusados: Héctor Romeo Colombini (23 años), Eduardo Ramos (23 años), Juan Calixto Perizzotti (22 años), Mario Facino (20 años) y María Eva Aebi (19 años). La Secretaría de Derechos Humanos de la Nación –querellante en la causa– había pedido 25 años para cada uno; luego, los abogados particulares de la querella y los fiscales pidieron penas de entre 20 y 25 años; finalmente, el tribunal constituido por Roberto Manuel López Arango, Andrea Alberto de Creus y Carlos Renna resolvió aplicar las penas según la cantidad de hechos que fueron probados en el proceso.

Plan sistemático

En la histórica sentencia de la Causa Brusa los jueces determinaron que los hechos investigados –privación ilegal de la libertad y tormentos, en los casos de los ex policías, y apremios ilegales en el caso del ex juez Brusa– se encuadraron como delitos de lesa humanidad y, por lo tanto, rechazaron el pedido de prescripción que habían planteado los abogados de Brusa y Aebi.

Una de las decisiones más importantes del tribunal es la que definió a los delitos investigados como “hechos cometidos en el marco de un plan sistemático y generalizado de represión por parte del Estado”: ese fundamento se incorporó en cada uno de los fallos, como agravante, y sirvió para refutar uno de los planteos de la defensa de Brusa, que había alegado que aunque estuviese probado –por fallos previos de otras jurisdicciones– que hubo un plan sistemático que se aplicó en todo el país, su defendido no estaba al tanto del mismo. Los jueces consideraron que los hechos constituyen delitos de lesa humanidad y que son imprescriptibles.

Todas las condenas

A Brusa se lo encontró “autor penalmente responsable” del delito de apremios ilegales en perjuicio de Ana María Cámara, Stella Maris Vallejos, Anatilde Bugna, Alba Sánchez, Daniel García, José Schulman, Mariano Millán y Roberto Cepeda. A la pena de 21 años de prisión se le sumó la “inhabilitación especial por el máximo legal para ejercer cargos públicos”.

A Perizzotti –quien se desempeñó como jefe de la Guardia de Infantería Reforzada, uno de los principales centros clandestinos de detención de la dictadura en Santa Fe– se lo condenó a 22 años por cinco casos de privación ilegítima de la libertad, agravada por amenazas, y por cinco casos de tormentos.

A María Eva Aebi –guardiacárcel y secretaria personal de Perizzotti– se la condenó a 19 años luego de que el tribunal la encontrara coautora de cinco hechos de secuestros y de otros tantos por tormentos.

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A Mario Facino –jefe de la Comisaría 4º, otro centro clandestino de detención que funcionó en Santa Fe durante la última dictadura– se lo encontró culpable de tres secuestros y un caso de torturas y se lo condenó a 20 años de prisión.

Ramos y Colombini recibieron las penas mayores: 23 años cada uno. El tribunal determinó que fueron responsables de cinco y seis casos –respectivamente– de secuestros y torturas, con el agravante de que fueron señalados por distintos testigos como los responsables de al menos dos casos de violación de los que fueron víctimas mujeres jóvenes detenidas en centros clandestinos, una de las cuales (Silvia Suppo, asesinada en marzo de 2010 en Rafaela) fue llevada a abortar luego de que un médico determinara que había quedado embarazada producto de esos vejámenes.

Prisión domiciliaria

Brusa estaba detenido desde 2005 y fue condenado en 2009. Los primeros nueve años los cumplió en la cárcel de Las Flores, hasta que a fines de 2018 el ex juez fue beneficiado con la prisión domiciliaria y desde entonces cumple su condena en su casa, en el sur de la ciudad de Santa Fe (9 de Julio al 1700).

En diciembre de 2018 la Cámara Federal de Casación Penal aceptó el pedido de Brusa, fundado en razones de salud, y le otorgó la prisión domiciliaria. Así, los últimos 10 años de su condena los cumplirá en su propio hogar.

La Cámara de Casación Penal le otorgó la prisión domiciliaria a Brusa luego de que el ex funcionario judicial adujera que padece una enfermedad psiquiátrica agravada por el encierro y por la lejanía de sus familiares, pese a que la Junta Especial de Salud Mental y el Cuerpo Médico Forense de la Corte Suprema no encontraron ninguna condición especial para el beneficio.

Por eso motivos, en aquel momento los organismos de derechos humanos de Santa Fe denunciaron que la decisión es en realidad un “privilegio” otorgado por la Justicia Federal al ex magistrado santafesino, quien había sido destituido por el Consejo de la Magistratura en el año 2000 luego de haber atropellado con su lancha al guardavidas Miguel Pedernera.

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