Estas modificaciones ya están en vigor y buscan organizar la distribución de recursos entre los antiguos beneficiarios del programa descontinuado.
Los requisitos para "Volver al Trabajo" y "Acompañamiento Social" en abril 2024
Tras la derogación del Potenciar Trabajo por el Decreto 198/2024, dirigido por Sandra Pettovello, se introducen criterios más rigurosos para quienes deseen acceder a las nuevas iniciativas gubernamentales.
La implementación de estos criterios no solo redefine quién califica para recibir ayuda, sino que también penaliza severamente a los beneficiarios que participen en protestas que afecten el funcionamiento del transporte público. Esto incluye la exclusión inmediata del programa y la suspensión del beneficio monetario si se obstruye el tránsito.
"El que impidiere, estorbare o entorpeciere el normal funcionamiento de los transportes por tierra, subterráneo, agua o aire o no permitiere a terceros movilizarse libremente por la vía pública, será egresado del programa en forma inmediata procediéndose a suspender el pago del beneficio", indicó el texto.
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El Gobierno de Javier Milei reemplazó el programa Potenciar Trabajo con "Volver al Trabajo" y "Acompañamiento Social".
Requisitos que imposibilitan el cobro de "Volver al Futuro"
- Sean prófugos de la justicia penal y/o correccional nacional, provincial o federal
- Se encuentren registradas como empleadoras en el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA)
- Perciban un subsidio o prestación monetaria no reintegrable con fines de empleo y/o capacitación otorgada por el Estado Nacional, Provincial, Municipal o del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
- Sean titulares de más de un bien inmueble
- Sean titulares de un automotor, embarcaciones y/o aeronaves, cuya antigüedad sea menor a 10 años
- Perciban jubilaciones y pensiones contributivas y no contributivas
- Perciban prestación o subsidio por desempleo
- Posean un empleo formal bajo relación de dependencia, salvo los supuestos de compatibilidad aplicables para trabajadoras de casas particulares, rurales e ingresos en blanco inferiores a tres Salarios Mínimos
- Sean trabajadores independientes registrados, salvo aquellos inscriptos en la categoría de Monotributo Social o Monotributo A
- Hayan viajado al exterior tiempo suficiente que impida cumplir con la contraprestación correspondiente o a destinos que, por sus características -y a criterio de la Autoridad de Aplicación - sean consistentes con ingresos mayores a los previstos en las compatibilidades establecidas en el artículo anterior
- Incurrir en actos de violencia que importen la alteración del orden público, que hayan sido notificados de manera fehaciente por los organismos competentes;
- Fallecimiento del titular
- Por renuncia expresa del titular
- Por falsedad de las declaraciones juradas debidamente constatada,
- Por incurrir en alguna causal de incompatibilidad prevista en el artículo 15 del presente.
Fecha de cobro del programa Potenciar Trabajo en marzo 2024: ¿qué debés saber?
Ministerio de Capital Humano anunció los requisitos para "Volver al Trabajo" y "Acompañamiento Social".
Requisitos para no cobrar "Acompañamiento Social"
- Sean prófugos de la justicia penal y/o correccional nacional, provincial o federal.
- Sean titulares de cualquier tipo de establecimiento comercial abierto al público como propietario, arrendatario, usufructuario u otro concepto análogo, así como con la titularidad de cualquier tipo de explotación agrícola o ganadera que no sean las establecidas en el Registro Nacional de la Economía Popular.
- Perciban un subsidio o prestación monetaria no reintegrable con fines de empleo y/o capacitación otorgada por el Estado Nacional, Provincial, Municipal o del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- Sean titulares de más de un bien inmueble.
- Sean titulares de un automotor, embarcaciones y/o aeronaves, cuya antigüedad sea menor a 10 años.
- Perciban pensiones o prestaciones del Sistema de la Seguridad Social, mutualidades de previsión o de cualquier otro sistema público de protección: perciban jubilación, contributiva o no contributiva, perciban pensiones a la vejez o por invalidez establecidas por la Ley N° 13.478 y sus modificatorias, perciban Pensión Universal para el Adulto Mayor dispuesta por el Decreto N° 894/16, perciban Pensión por Incapacidad Permanente Total y perciban prestación o subsidio por desempleo reconocido por pérdida de un empleo a jornada completa.
- Sean mayores de 65 años que se encuentren en condiciones de tramitar/percibir cualquier tipo de beneficio de los previstos en el Sistema de Seguridad Social.
- Que realicen alguna prestación social y/o de empleo en el estado provincial, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, municipal o en organizaciones no gubernamentales cuyas tareas suplante la actividad propia de los empleados de los mismos.
- Hayan viajado al exterior tiempo suficiente que impida cumplir con la contraprestación correspondiente o a destinos que no guarden relación con su situación de vulnerabilidad.
- Hayan realizado gastos y/o consumos dentro y fuera del país con tarjetas de crédito y/o débito y/o billeteras virtuales en los últimos seis meses, cuyo promedio mensual supere el monto equivalente al Salario Mínimo, Vital y Móvil.
- Se encuentren inscriptas en el Monotributo en la categoría "C" o superiores, o en el régimen de autónomos.
- Hayan accedido al mercado de cambios a los fines de la obtención de divisas con fines de ahorro.
- No se encuentren en situación de vulnerabilidad económica y patrimonial, que surja de los cruces efectuados con distintos organismos, conforme condiciones que establezca la reglamentación específica al efecto.
- Incurrir en actos de violencia que importen la alteración del orden público, que hayan sido notificados de manera fehaciente por los organismos competentes.
- Fallecimiento del titular.
- Por renuncia expresa del titular.
- Por modificación constatada de la condición de vulnerabilidad social del titular al momento del ingreso -por el cotejo a través del Sistema de Información Tributario y Social (SINTyS), dependiente del Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales.
- Por incurrir en alguna causal de incompatibilidad prevista en el artículo 17 del presente.
- Por falsedad de las declaraciones juradas debidamente constatada.
Potenciar Trabajo: cuánto se cobra en mayo de 2024?
Con la finalización del programa Potenciar Trabajo, los beneficiarios de los nuevos programas "Volver al Futuro" y "Acompañamiento Social" recibirán un pago de $78.000 en mayo.