menu
search
Política Rosario | mpa | Legislatura

Tras una larga batalla judicial, suspendieron al fiscal Adrián Spelta por 60 días

La Asamblea Legislativa suspendió por amplia mayoría al fiscal rosarino que le concedió el beneficio de la prisión domiciliaria a Emanuel "Pimpi" Sandoval, el narco que había sido condenado por el tiroteo a la casa de Antonio Bonfatti.

La Legislatura provincial le aplicó una sanción disciplinaria de 60 días de suspensión al fiscal de Rosario Adrián Spelta bajo el cargo de “mal desempeño de funciones” por haber concedido en acuerdo con la defensa la prisión domiciliaria a un reconocido narco de Rosario que estaba imputado por triple tentativa de homicidio y enfrentaba una expectativa de pena alta con prisión efectiva. Se trata de Emanuel Pimpi Sandoval, quien había cumplido condena por el tiroteo a la casa del entonces gobernador Antonio Bonfatti. El beneficio salió a la luz en 2019 después que un grupo comando ingresara a la vivienda donde residía Sandoval y lo ejecutara junto a otros dos jóvenes que estaban en el lugar.

Si bien el dictamen de suspensión de Spelta estaba listo para ser votado por la Asamblea Legislativa desde septiembre de 2020, se concretó recién ayer tras una batalla judicial de 15 meses que resultó un leading case saldado por la Corte Suprema de la provincia al respaldar la constitucionalidad del reformado régimen disciplinario para los fiscales.

Con 58 votos a favor y dos abstenciones, la Asamblea Legislativa suspendió al fiscal por su actuación en el caso de Emanuel Pimpi Sandoval, alias Ema Pimpi, un renombrado narco de Rosario que estaba preso junto con su hermano Lucas, acusados de triple homicidio en grado de tentativa, a los que se les concedió una medida de prisión morigerada (en la práctica se trató de una prisión domiciliaria) que acordaron la defensa de los imputados y el fiscal Spelta, y que fue homologada por el juez Hernán Postma. En la sesión de este jueves, el senador Lisandro Enrico, que ofició de acusador en el proceso disciplinario, explicó el dictamen de la Comisión de Acuerdos que recomendó la suspensión.

Leer más ► Caso Pimpi Sandoval: el juez al que le pidieron juicio político apuntó al fiscal

Desde que los hermanos fueron excarcelados en mayo de 2018 estuvieron en tres domicilios diferentes y hubo, además de la equívoca decisión de excarcelarlos, falencias en el monitoreo de la prisión domiciliaria. Una de las viviendas donde se los autorizó a alojarse era propiedad de otro hombre enjuiciado por ser partícipe de operaciones de narcotráfico y que resultó asesinado en una disputa. Y Lucas Sandoval rompió la tobillera electrónica y se fugó, siendo recapturado meses después. Ema Pimpi, en cambio, consiguió autorización para mudarse a una casona en el barrio residencial La Florida, a pesar de que el contrato lo firmó un joven de 20 años sin ningún ingreso demostrable a través de una inmobiliaria.

Un triple crimen impactante

Spelta y los jueces que avalaron la salida de la cárcel de Sandoval quedaron en el ojo de la tormenta en octubre de 2019. En una osada operación, un grupo comando ingresó a la fuerza en la casona de barrio La Florida donde residía Sandoval, previa interrupción de la alarma y el suministro de energía, y ejecutó a tiros a Sandoval y a otros dos jóvenes que estaban en el lugar. Un cuarto muchacho resultó herido aunque sobrevivió.

Asamblea Legislativa.jpg
Con 58 votos a favor y dos abstenciones, la Asamblea Legislativa suspendió por dos meses al fiscal Adrián Spelta.

Con 58 votos a favor y dos abstenciones, la Asamblea Legislativa suspendió por dos meses al fiscal Adrián Spelta.

A la conmoción por el triple crimen y las características del ataque, le siguió otra vuelta de tuerca: la casona que alquilaba Sandoval era propiedad del camarista penal Oscar Raúl Puccinelli, quien desde el primer momento se mostró consternado por la situación, dijo que el alquiler lo administraba una inmobiliaria y dijo desconocer que el inquilino era una persona que cumplía prisión domiciliaria.

A partir del caso, la Auditoría General del MPA inició un investigación sobre el otorgamiento de medidas alternativas de prisión a imputados por delitos graves. Entre ellos destacó el caso Sandoval. Convencida de estar frente a una falta grave por la actuación del fiscal, la auditora María Cecilia Vranicich giró las actuaciones a la Legislatura, que se abocó al caso e inició el proceso disciplinario contra Spelta.

Leer más ► El fiscal acusado por la excarcelación de un narco se defendió en la Legislatura

Al fiscal se le achacó que la excarcelación de los hermanos Sandoval no encuadraba en ninguno de los supuestos establecidos en el Código Penal ni en el Código Procesal Penal. Todo eso con el agravante de que existían instrucciones muy precisas de parte del fiscal general Jorge Baclini que el acuerdo que hizo Spelta no tuvo en cuenta.

En su defensa, al concurrir a la Legislatura, el fiscal mencionó que la alternativa que eligió (libertad morigerada) garantizaba el proceso. Y citó como ejemplo que Lucas, hermano de Ema Pimpi, llegó a juicio y fue condenado. Para la mayoría de los legisladores es una lectura poco ajustada a la realidad de los hechos. Lucas llegó a juicio porque la Policía logró recapturarlo después que rompiera la tobillera electrónica y se fugara. Y fue condenado a 11 años de prisión efectiva, lo cual cuestiona más aún que los hayan beneficiado con medidas alternativas de prisión. A su vez Ema Pimpi nunca llegó a juicio porque lo ejecutaron en el domicilio donde cumplía la medida alternativa. De hecho la tragedia se acrecentó porque con él asesinaron a otros dos jóvenes. Nada de eso hubiera ocurrido si los Sandoval hubieran estado tras las rejas.

Jueves investigados

En paralelo a la investigación de la Auditoría del MPA, el procurador de la Corte Jorge Barraguirre ordenó investigar la actuación de los jueces Hernán Postma y Gustavo Pérez de Urrechu que intervinieron en el proceso, así como la de Puccinelli. El encargado de instruirla fue el fiscal de Cámara Guillermo Corbella, quien tras una detallada investigación concluyó que la prisión morigerada que se le otorgó a Sandoval en realidad era una prisión domiciliaria encubierta. En base a ese informe Barraguirre acusó formalmente a Postma, pero el Tribunal de Enjuiciamiento resolvió por 6 a 4 salvarlo del juicio político.

El régimen disciplinario

El proceso disciplinario contra Spelta excedió el hecho en sí mismo y se convirtió en el caso concreto a través del cual se judicializó la cuestionada ley 13807 que reformó el régimen disciplinario de los fiscales otorgando a los legisladores la potestad de sancionarlos si consideran que cometieron una falta grave.

Leer más ► El áspero voto del juez Erbetta sobre el régimen disciplinario de los fiscales

En septiembre de 2020, cuando la Comisión de Acuerdos tenía listo el dictamen que recomendaba sancionar a Spelta, la sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Laboral de Rosario revocó un fallo de primera instancia y ordenó dejar sin efecto la 13807.

Sin embargo, el 30 de junio pasado la Corte Suprema revocó ese fallo por tres votos (Gutiérrez, Gastaldi, Falistocco) a dos (Erbetta y Netri) y declaró constitucional la ley, permitiendo así que se retome el proceso disciplinario y que Spelta finalmente fue sancionado, lo que ocurrió ayer.

La ley 13807 fue sancionada en 2016 por unanimidad en ambas cámaras legislativas. Reemplazó al tribunal de disciplina multisectorial de la ley original de reforma del Código Procesal Penal.

Leer más ► La Corte declaró constitucional la ley de control legislativo de los fiscales

Desde su origen, la ley fue cuestionada por el Ministerio Público de la Acusación. La fiscal regional interina María Eugenia Iribarren dijo ayer en una entrevista en LT8 que “el régimen actual claramente es alarmante para poder trabajar de forma independiente”.

“Cuando existe una mirada absolutamente política (en el régimen disciplinario) como ahora que todo depende de un solo poder, quita la posibilidad al fiscal de saber cómo conducirse, si tiene que atenerse a las normativas o si tiene que esperar a ver cómo va a reaccionar la Legislatura” ante cada investigación, explicó.

También la Asociación de Fiscales del MPA reiteró ayer: “Una vez más decimos no al régimen sancionatorio de la ley 13.807: afecta la autonomía funcional del MPA y la división de poderes, desplaza al juez natural, exime al legislador de dar fundamento de su voto, peca de vaguedad y debilita aquello que hoy día se debe fortalecer”.

Dejá tu comentario