Reforma laboral: fuerte rechazo del Colegio de Abogados a cobrar honorarios hasta en 12 cuotas
Los abogados de Santa Fe piden que aquellos legisladores que voten a favor de este punto de la reforma laboral, también cobren sus sueldos en 12 partes iguales.
El Senado de la Nación aprobó un proyecto de Reforma Laboral, pero luego debió introducirle modificaciones para alcanzar acuerdos legislativos.
"Honorarios en 12 cuotas; sueldos de legisladores en 12 cuotas". Bajo ese título y ante el tratamiento del proyecto de ley de Reforma Laboral, el Colegio de Abogados de Santa Fe emitió un comunicado de rechazo a las reformas propuestas para el artículo 277 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), que regula el pago en juicios laborales.
"El proyecto habilita el pago de honorarios profesionales hasta en 12 cuotas, cuando dichos honorarios son fruto del trabajo y resultan esenciales para la subsistencia de los abogados y sus familias", advierte el Colegio.
Frente a esta situación, el Colegio plantea que "si el pago en doce cuotas es considerado razonable, viable y justo; con el mismo espíritu de 'patriotismo' que se invoca para justificar la medida, que los sueldos de los legisladores que apoyan esta modificación también puedan ser abonados en 12 cuotas mensuales".
Con respecto a la propuesta de modificación al artículo 20 de la Ley de Contrato de Trabajo, "el texto proyectado establece que la sobreestimación de los créditos reclamados será considerada pluspetición, habilitando la condena solidaria en costas del abogado junto con su cliente".
"Esta previsión es una herramienta de disciplinamiento. La cuantificación de un crédito laboral no es una especulación arbitraria, sino una estimación técnica sujeta a prueba, a criterios interpretativos y, la abogacía", resalta el comunicado.
En este sentido, explica que la eventual diferencia entre lo reclamado y lo reconocido es, en esencia, "un cálculo matemático derivado de la valoración judicial. No puede transformarse en un mecanismo sancionatorio encubierto".
"Esta reforma -sostienen desde el Colegio- instala un riesgo económico personal sobre el abogado por el solo hecho de ejercer su rol con amplitud técnica, afectando la independencia profesional y condicionando el acceso a la justicia de los trabajadores.
"Si el criterio es que los profesionales deben asumir riesgos patrimoniales por ejercer su función, tal vez también debería discutirse bajo qué condiciones asumen responsabilidad quienes legislan normas que afectan derechos fundamentales", finaliza.