La Corte rechazó un planteo de Alberto Samid que buscaba impugnar su condena a prisión
El máximo tribunal desestimó el recurso presentado por la defensa de Alberto Samid, que había cuestionado la prescripción de la causa y la duración del proceso.
En abril de 2019, el Tribunal Oral en lo Penal Económico había condenado a José Alberto Samid a cuatro años de prisión por considerarlo coautor del delito de asociación ilícita.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó este miércoles el planteo presentado por la defensa de Alberto Samid contra la condena a cuatro años de prisión que recibió por considerarlo coautor del delito de asociación ilícita. El empresario había cuestionado la vigencia de la acción penal y sostuvo que el proceso había tenido una duración irrazonable.
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La resolución fue dictada el 23 de septiembre de 2026 en la causa "Lastoria, Lilian Alicia y otros s/ legajo de casación". La Corte desestimó la queja presentada en favor de Samid y consideró que el recurso extraordinario no cumplía con los requisitos necesarios para revisar los agravios planteados.
Qué planteó la defensa de Samid
La defensa había sostenido que la acción penal debía declararse prescripta y cuestionó también la duración del proceso. En el recurso presentado ante la Corte argumentó, entre otros puntos, que se habían afectado las garantías de legalidad, propiedad, congruencia, debido proceso y defensa en juicio.
También planteó que la pena impuesta era desproporcionada, cuestionó la fundamentación de la sentencia y sostuvo que el tiempo transcurrido desde el inicio de la causa demostraba que el proceso había excedido un plazo razonable.
La causa se inició el 25 de julio de 1996 y la defensa hizo referencia al tiempo transcurrido desde entonces para sostener que correspondía declarar extinguida la acción penal por la duración del proceso.
Sin embargo, la Corte señaló que el planteo referido al plazo razonable ya había sido rechazado anteriormente mediante decisiones que habían quedado firmes. Además, sostuvo que la defensa no había presentado fundamentos nuevos que permitieran modificar esas conclusiones.
Qué resolvió la Corte Suprema
El máximo tribunal consideró inadmisible el recurso extraordinario respecto de los agravios vinculados con la condena y también respecto del planteo sobre la duración razonable del proceso.
La Corte recordó que, para cuestionar la duración de una causa, la defensa debe explicar de manera concreta por qué el tiempo insumido resulta irrazonable, teniendo en cuenta factores como la complejidad del caso, la actividad procesal del interesado, la conducta de las autoridades judiciales y una evaluación global del procedimiento.
En este caso, los jueces señalaron que la defensa no había explicado por qué las circunstancias posteriores a los anteriores rechazos permitían modificar la conclusión de que no se había vulnerado el derecho a ser juzgado en un plazo razonable.
La sentencia concluyó con la desestimación de la queja presentada en favor de José Alberto Samid.
La condena a Samid y el origen de la causa
En abril de 2019, el Tribunal Oral en lo Penal Económico había condenado a José Alberto Samid a cuatro años de prisión por considerarlo coautor del delito de asociación ilícita.
Según los antecedentes incorporados al fallo de la Corte, la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal rechazó posteriormente los recursos de la defensa contra la decisión que había desestimado el planteo de prescripción y contra la sentencia condenatoria.
La investigación estableció que la asociación ilícita habría funcionado, al menos, entre 1993 y 1996. De acuerdo con la descripción de los hechos considerada por los tribunales, sus integrantes constituyeron o administraron, directamente o mediante terceros, más de una decena de sociedades vinculadas con la comercialización de carne vacuna.
Según la acusación considerada en la causa, esas sociedades eran utilizadas para operar en el mercado de la carne sin cumplir determinadas obligaciones fiscales y para ocultar la identidad de los sujetos obligados frente al Estado Nacional.
La Cámara Federal de Casación había señalado además que la investigación involucró un entramado societario de considerable complejidad y que ese aspecto había sido tenido en cuenta al analizar el planteo relacionado con la duración del proceso.
Qué pasó con los otros condenados
Alicia Samid, hermana de José Alberto Samid, también había sido condenada en el juicio oral. En su caso, la Corte dejó asentado que desistió del recurso de queja presentado ante el máximo tribunal, por lo que la presentación fue tenida por desistida respecto de ella.
Por otra parte, la Corte también rechazó este miércoles una presentación directa realizada en favor de María Susana Moreno, en una resolución que consideró que su situación era sustancialmente análoga a la de la causa de José Alberto Samid.
De esta manera, el máximo tribunal desestimó los planteos que llegaron a su consideración en esta etapa del expediente, sin hacer lugar al pedido de la defensa de Samid para que se revisaran los cuestionamientos vinculados con la condena y la duración del proceso.




