La veda electoral rige oficialmente desde las 8 de la mañana de este viernes en todo el país en el marco a las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) nacionales que se celebrarán este domingo 13 de agosto.
De esta manera, hasta las 18 del domingo (horario del cierre de los comicios) están prohibidos los anuncios proselitistas.
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En tanto, desde las 20 del sábado, los bares, confiterías, restaurantes, entre otros, podrán estar abiertos, pero no podrán expender bebidas alcohólicas de ningún tipo; mientras que estarán cerrados boliches, shoppings y casinos. Tampoco habrá eventos deportivos ni culturales.
Las agrupaciones políticas que contrataren o adquirieren, por sí o por terceros, espacios en cualquier modalidad de radio o televisión, cualquiera fuera su situación ante la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA), para promoción con fines electorales, en violación a lo previsto en esta ley, serán sancionadas.
Qué cosas están prohibidas durante la veda electoral
- Las reuniones de electoras y electores o el depósito de armas en casas dentro de un radio de ochenta metros alrededor de los lugares de votación.
- Los espectáculos, fiestas teatrales, actividades deportivas y cualquier reunión pública que no se refieran al acto electoral.
- El expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas.
- Ofrecer o entregar boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros de los sitios de votación.
- La portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos.
- Realizar actos públicos de proselitismo.
- Publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales y de proyección sobre el resultado.
- Abrir los locales partidarios ubicados dentro de un radio de ochenta metros de los puntos de votación.
Qué pasa con quienes violan la veda electoral
- Los ciudadanos que no respeten la veda podrán ser denunciados por violación al Código Electoral provincial, y sancionados si la Justicia comprueba la falta.
- Las penas establecidas para aquellos que violan la veda dependen del incumplimiento en el que incurran.
- A quien venda bebidas alcohólicas desde las 20 del día anterior a la elección hasta las 21 del día en que se celebran los comicios le corresponde una pena de prisión de entre quince días y seis meses.