Las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) nacionales son -como su nombre lo indica- obligatorias y todos los electores que figuren en el padrón electoral pueden concurrir a votar aunque no hayan votado en las elecciones anteriores.
LEER MÁS ► Elecciones 2023: dónde voto
Si bien son obligatorias, hay casos en los que las personas están exceptuadas de asistir a votar.
- Si el día de los comicios la persona se encuentra a más de 500 kilómetros de distancia del lugar donde tiene que votar y justifica ante la autoridad policial más próxima que esa situación obedece a motivos razonables.
- Si la persona está enferma o imposibilitada de asistir al establecimiento de votación por razones de fuerza mayor suficientemente comprobadas y justificadas ante médicos del servicio de sanidad nacional.
- Si la persona es parte de un organismo o empresa de servicios públicos y por razones relacionadas al cumplimiento de funciones está impedido de asistir a votar.
- Si la persona es juez o auxiliar y por disposición del Código Electoral Nacional tiene que asistir a su oficina y mantenerla abierta durante los comicios.
Elecciones 2023: qué pasa si no voté en la PASO del 13 de agosto
La Cámara Nacional Electoral habilitará un sistema a través del cual se deberá cargar los datos y adjuntar un archivo digital (PDF) con el certificado correspondiente (enfermedad, viaje, entre otras causas).
En caso de no justificar ante la Justicia Nacional Electoral por qué no se emitió el voto, le corresponde a la persona una multa económica, al tiempo que será incorporada en el Registro de Infractores al deber de votar.
Además, no podrá ser designada o designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección. Además, quien no pague la multa no podrá realizar gestiones o trámites ante los organismos estatales nacionales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires durante un año.
Temas
Te puede interesar


