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Aborto legal: en vivo, el debate en Diputados del proyecto que tiene muchas chances de convertirse en ley

El proyecto para despenalizar la Interrupción Voluntaria del Embarazo hasta las 14 semanas de gestación volvió al Congreso, luego de no haber podido sortear el Senado en 2018. Cómo es el panorama este año.

Este jueves, la Cámara de Diputados de la Nación debatirá en el recinto de sesiones el mensaje del Ejecutivo que contiene los proyectos de regulación de la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) y el programa de los 1000 días destinado a los recién nacidos.

SESIÓN EN VIVO: H. Cámara de Diputados de la Nación - 10 de diciembre de 2020

Se trata de iniciativas largamente esperadas y reclamadas por el colectivo feminista de Argentina y que fueron unas de las principales promesas de campaña del presidente Alberto Fernández.

Según informó el titular de la comisión de Salud de la Cámara de Diputados, Pablo Yedlin (Frente de Todos), la sesión del será presencial, "tipo burbuja" y con la realización de un test PCR de coronavirus antes de ingresar al recinto. Los legisladores irán rotando entre sus bancas y los despachos para evitar la aglomeración y respetar el distanciamiento necesario.

Durante toda la campaña electoral e incluso en su mensaje de asunción ante la Asamblea Legislativa, el mandatario nacional ratificó su compromiso de impulsar el proyecto que regula la práctica del aborto en el país.

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Las santafesinas a favor de la legalización de aborto se concentraron en la plaza San Martín de la ciudad desde donde siguen el debate por pantalla gigante, en una vigilia que se extenderá hasta el momento de la votación.

Las santafesinas a favor de la legalización de aborto se concentraron en la plaza San Martín de la ciudad desde donde siguen el debate por pantalla gigante, en una vigilia que se extenderá hasta el momento de la votación.

Sin embargo, la crisis sanitaria y económica generada por la pandemia de coronavirus hizo que el envío de la iniciativa al Congreso se demore por unos meses. Pero el 17 de noviembre, Fernández anunció el cumplimiento de su promesa y giró al Poder Legislativo la propuesta para que sea debatida.

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En cuanto a los votos necesarios para la aprobación del proyecto, se espera que en la Cámara Baja no surjan inconvenientes y el proyecto reciba la media sanción sin sobresaltos. Más difícil será la situación en el Senado, donde la vicejefa del bloque del Frente de Todos, Anabela Sagasti, sigue negociando al interior de su propio partido el apoyo necesario para que la iniciativa se convierta en ley.

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Sabido es que la discusión acerca del aborto no respeta preferencias o identidades partidarias. Es por eso que en Diputados se prevé que la iniciativa cuente con los números necesarios gracias a la mayoría de los votos del bloque del Frente de Todos y de sus aliados legislativos, a los que deben sumarse votos positivos de Juntos por el Cambio y de la izquierda. Tal como ocurrió en 2018.

Se espera que la sesión en Diputados sea maratónica –muchos hablan que podría durar unas 30 o 36 horas– y será acompañada por manifestaciones en la Plaza del Congreso: por un lado estará el movimiento feminista e impulsor de la legalización del aborto y, por otro, quienes defienden que esta práctica siga penalizada.

Sin embargo, y a diferencia de lo que pasó dos años atrás, las chances de que el proyecto reciba el acompañamiento del Senado son mayores. En las últimas horas, se incluyó la "objeción de conciencia institucional" a cambio de que dos senadores que estaban en duda acepten votar la iniciativa. Esto dejaría los números en un empate técnico, que sería definido por la presidenta de la Cámara, Cristina Fernández de Kirchner, que votará a favor.

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Intento en 2018

En 2018, el proyecto de aborto legal había generado interesantes debates en el Congreso y dejó evidenciadas todas las posturas. Al momento de los votos en la Cámara de Diputados se lograron 129 a favor, 125 negativos y una abstención, por lo que recibió la media sanción. Sin embargo, no logró pasar el escollo del Senado. Allí sumó 38 votos negativos, 31 positivos y una abstención.

El proyecto

El proyecto de Interrupción voluntaria del embarazo establece que en ejercicio de sus derechos humanos, toda mujer u otras identidades con capacidad de gestar tienen derecho a decidir voluntariamente y acceder a la interrupción de su embarazo hasta las 14 semanas del proceso gestacional.

Dicha ley garantiza a toda mujer o persona gestante todos los derechos reconocidos en la Constitución Nacional y los Tratados de Derechos Humanos ratificados por la República Argentina, en especial, los derechos sexuales y reproductivos, a la dignidad, la vida, la autonomía, la salud, la educación, la integridad, la diversidad corporal, la identidad de género, la diversidad étnico cultural, la intimidad, la igualdad real de oportunidades, la no discriminación y a una vida libre de violencias.

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Según la iniciativa, interrupción voluntaria del embarazo y aborto son considerados términos equivalentes. El término salud integral debe interpretarse sin excepción conforme a la definición que establece la Organización Mundial de la Salud (OMS): La salud es un estado de completo bienestar físico, mental y social y no solamente la ausencia de afecciones y enfermedades. Las expresiones “mujer u otras identidades con capacidad de gestar” y “mujer o persona gestante” son equivalentes.

El sistema de salud debe dar respuesta al requerimiento de la persona gestante dentro de los 10 días a partir del pedido expreso.

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El proyecto establece que toda mujer u otras identidades con capacidad de gestar tendrán derecho a decidir voluntariamente y acceder a la interrupción de su embarazo hasta las 14 semanas del proceso gestacional.

El proyecto establece que toda mujer u otras identidades con capacidad de gestar tendrán derecho a decidir voluntariamente y acceder a la interrupción de su embarazo hasta las 14 semanas del proceso gestacional.

Objeción de conciencia

El proyecto del Ejecutivo sí prevé la “objeción de conciencia”. Dice así: “El o la profesional de salud que deba intervenir de manera directa en la interrupción del embarazo tiene derecho a ejercer la objeción de conciencia. A los fines del ejercicio de la misma, deberá: mantener su decisión en todos los ámbitos, público y privado, en que ejerza su profesión y:
a) Derivar de buena fe a la paciente para que sea atendida por otro u otra profesional en forma temporánea y oportuna, sin dilaciones;
b) Adoptar todas las medidas necesarias para garantizar el acceso a la práctica”.

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Y agrega: “El personal de salud no podrá negarse a la realización de la interrupción del embarazo en caso de que la vida o salud de la persona gestante esté en peligro y requiera atención inmediata e impostergable. No se podrá alegar objeción de conciencia para negarse a prestar atención sanitaria postaborto. El incumplimiento de los requisitos para ejercer el derecho de objeción de conciencia dará lugar a las sanciones disciplinarias, administrativas, penales y civiles, según corresponda”.

Las instituciones en las que ningún médico esté dispuesto a realizar la IVE, deben derivar a la paciente a otro efector donde la práctica se garantice y correr con los gastos que esto genere.

Inclusión en el Programa Médico Obligatorio (PMO)

La inclusión de la práctica en el PMO (Programa Médico Obligatorio) es la única garantía de acceso igualitario y cumplimiento efectivo (cuando una práctica no está en el PMO la obra social o prepaga se puede negar a cubrirla). Esto que supone que todas las obras sociales, sistemas de salud y prepagas deberán garantizar la práctica de manera gratuita y obligatoria en todo el país.

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La inclusión de la práctica en el PMO (Programa Médico Obligatorio) es la única garantía de acceso igualitario y cumplimiento efectivo en todo el país, tanto en el sistema de salud pública como en el privado.

La inclusión de la práctica en el PMO (Programa Médico Obligatorio) es la única garantía de acceso igualitario y cumplimiento efectivo en todo el país, tanto en el sistema de salud pública como en el privado.

Asesorías o consejerías

El texto establece que una vez realizada la solicitud de interrupción voluntaria del embarazo, el establecimiento debe poner a disposición “información sobre el procedimiento que se llevará a cabo y los cuidados posteriores necesarios”, “atención integral de su salud a lo largo de todo el proceso” y acompañamiento pero “estos servicios no son obligatorios para la paciente ni condición para la realización de la práctica”.

Despenalización

El artículo 85 del Código Penal establece “reclusión o prisión de uno a cuatro años, para quien causare un aborto con consentimiento de la mujer”. De aprobarse, el proyecto introduce una modificatoria a este artículo, ya que indica que "no es delito el aborto realizado con consentimiento de la mujer o persona gestante hasta la semana catorce (14), inclusive, del proceso gestacional".

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