Una mujer trans y cinco hombres fueron condenados por abusar de niños en un salón de belleza de Recreo
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Redacción Aire Digital
El tribunal conformado por los jueces Sergio Carraro (presidente), Rosana Carrara y Gabriel Candioti condenó por decisión unánime a seis personas por graves delitos contra la integridad sexual de tres niños menores de edad y una joven discapacitada. Los hechos fueron reiterados y las víctimas eran amenazadas con armas de fuego.
Además, el tribunal resolvió imponer la prisión preventiva para dos de los condenados, que habían llegado al juicio oral en estado de libertad.
En un salón de belleza en Recreo
Los abusos eran cometidos en una peluquería de la ciudad de Recreo, propiedad de Ayelén Galier, quien recibió la mayor pena, de 30 años de prisión. La fiscal Alejandra Del Río Ayala explicó desde el móvil de la radio en tribunales que “era la que albergaba el lugar donde todo esto ocurría, era la que convocaba, no solo a los imputados sino también a las víctimas”.
Según se supo desde el inicio de la investigación, los niños concurrían asiduamente al salón de belleza a realizar tareas de limpieza y ayuda, a cambio de dinero, zapatillas y objetos de valor. Los abusos denunciados ocurrieron durante el 2016 y el 2017, tanto en ese lugar como también en una vivienda del norte santafesino.
La fiscal precisó que en el debate se pudieron probar los delitos, y manifestó que “hay como dos grupos de hechos, uno en relación a la condena del progenitor de una de las víctimas, la mayor de edad, que fueron reiterados pero aislados al resto de los hechos. Luego la imputada y los otros cuatro cometieron hechos contra la integridad sexual de las cuatro víctimas, y los realizaban en conjunto”.
Abusos reiterados y amenazas con armas
Ayelén Galier (de 51 años) fue condenada a 30 años de prisión por ser coautora penalmente responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal en forma reiterada y agravado (por el empleo de armas y por haber sido cometidos por dos o más personas), en concurso real con el delito de promoción a la corrupción de menores agravada (por la edad de los menores y por haber sido cometido mediante intimidación).
Por su parte, CAF (de 47 años) fue condenado a 17 años de prisión por ser autor del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado (por el vínculo) en perjuicio de su propia hija.
A Virgilio Galier (de 40 años) y a Roque Francisco Vega (de 33 años) se les impusieron penas de 15 años de prisión para cada uno por ser coautores de los delitos de abuso sexual con acceso carnal en forma reiterada y agravados (por el empleo de armas y por haber sido cometidos por dos o más personas) en concurso real con el delito de promoción a la corrupción de menores agravada (por la edad de los menores y por haber sido cometido mediante intimidación). En tanto, a Sergio Omar Bertinetti (de 52 años) se lo condenó por los mismos delitos, pero en este caso la pena fue de 14 años de prisión.
Por último, Raúl Edgardo Rivas (de 40 años) fue condenado a 12 años de prisión como coautor del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado (por haber sido cometido por dos o más personas) en concurso real con promoción a la corrupción de menores agravada (por la edad de los menores y por haber sido cometido mediante intimidación)
Video ► La lectura de la sentencia
Conformidad relativa de la fiscalía
Las fiscales que llevaron adelante la causa, Milagros Parodi y Alejandra Del Río Ayala, se mostraron conformes en cuanto a las condenas, pero expresaron que no coinciden con los montos de las penas, menores a las solicitadas.
Del Río Ayala explicó que “la pena de 30 años impuesta a Galier es la misma que habíamos solicitado en la acusación. Sin embargo, en los alegatos de clausura modificamos nuestro pedido y solicitamos 41 años”. En tal sentido, la fiscal insistió en la “necesidad de analizar los fundamentos de los magistrados”.
También reconoció que “fue un juicio largo y difícil porque hubo que probar muchas situaciones y porque tenía seis acusados y cuatro víctimas, tres de las cuales son menores de edad”.
Por último, se refirió a la absolución para Rivas en relación a una de las agravantes. “No es que se lo absolvió de la autoría del delito, sino que los magistrados entendieron que el delito se consumó pero sin el empleo de armas”, explicó.
Del Río Ayala manifestó que aguardarán conocer los fundamentos de los jueces para la imposición de las penas, si bien se puede presumir que apelarán el fallo y buscarán aumentar las penas en la Cámara de Apelaciones.
Audio ► Alejandra Del Río Ayala, fiscal de GEFAS




